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Economía

“No somos parte de la familia, somos trabajadoras”

Derechos incompletos. En el Perú hay medio millón de trabajadoras del hogar. El 92% de ellas labora en condiciones informales. A la fecha, se identificó a más de 60 que fueron contagiadas de la COVID-19 porque sus empleadores no les dieron la protección adecuada. Aunque el Ministerio de Trabajo modificó algunos puntos de la ley, el Gobierno aún no cumple con establecer el marco normativo del Convenio 189 de la OIT.

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Fuera de las casas de Lima colgaban carteles que solicitaban ‘muchachas’ sin estudios. De cada 100 trabajadoras del hogar, solo 7 posee educación superior y el 92% labora en condiciones informales. La pandemia evidenció su situación precaria.

A la fecha hay 496.000 empleadas del hogar —aunque ellas mismas señalan que son más de medio millón—. De este total, más de 60 fueron contagiadas con la Covid-19.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) señala que el trabajo doméstico remunerado es una de las ocupaciones con peor calidad de empleo en el mundo.

Una trabajadora de hogar, a quien llamaremos “D.L”, cuidaba a un adulto mayor con coronavirus. Fue contagiada porque su empleador no le dio la protección adecuada. Y sin advertirle sobre el aislamiento, la dejaron irse, lo que produjo una cadena de contagios entre sus familiares.

“G.P” fue obligada a quedarse en la casa de su empleadora. Le dijeron que si no se quedaba, la despedían. Aceptó, y luego se le recortó el salario a la mitad. A otras de sus compañeras se les obligó a firmar un documento para que puedan ir a sus casas, pero sin goce de haber.

“J.M” laboraba en Miraflores. Presentaba síntomas como tos seca y fiebre. Su estado fue empeorando hasta tener dificultad respiratoria. La reacción de su empleadora fue botarla a la calle. Hoy cumple cuarentena en un cuarto alquilado, lejos de sus hijas. Está siendo cuidada por una de sus compañeras.

Así como a ellas, a otras se les reemplaza la gratificación por regalos. En lugar de asegurarlas, las llevan a clínicas o les compran medicamentos. No les ponen uniformes, pero les compran buzos para que laboren “cómodas”. A algunas hasta se les cambia el nombre porque a la empleadora no le gusta cómo se llama. Cada casa tiene reglas distintas. Cuando se cruza la puerta no hay Gobierno ni norma que valga.

A contraste, también existe un número reducido de trabajadoras a las que se les respeta los derechos y beneficios, como los descansos de los domingos. Aunque esto más depende de la voluntad del empleador que de una ley que las ampare.

de una Fuente: Revista publicada en Lima en 1970 vía José Ragas

¿Cambios?

Recién este año el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) realizó algunos cambios a la Ley de las Trabajadoras del Hogar (Ley N°27986). Ahora el contrato ya no será verbal, sino escrito; la remuneración será mediante contrato que será establecido por el MTPE y se dará a través de una boleta de pago.

También se estableció la edad mínima para trabajar (18 años) y se prohibió todo acto discriminatorio o segregarlas a espacios exclusivos. Y se instó a protegerlas contra la violencia y el hostigamiento sexual.

“El contrato por escrito nos visibiliza. A través de él podemos demostrar la relación laboral porque cuando es verbal la palabra del empleador pesa más que la nuestra”, expresó Leddy Mozombite, secretaria general de la Federación Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Hogar del Perú (Fenttrahop).

Mozombite —quien empezó a trabajar desde los 7 años—, señala que actualmente hay muchos niños y niñas laborando porque son entregados a familias que los hacen pasar por sus ahijados.

Hace días, la titular del MTPE, Sylvia Cáceres, mencionó que se evalúa instaurar un sueldo mínimo. Y algunos portales colocaron esta pregunta en su web: “¿Se debería fijar sueldo mínimo para las trabajadoras del hogar?”. Una cuestión que pudiera entenderse como, ¿las trabajadoras del hogar son trabajadoras?

“Nosotras no somos parte de la familia, somos trabajadoras. El sueldo mínimo es un derecho. No pueden minimizarnos. Es un trabajo necesario porque cuidamos vidas. Aportamos al desarrollo económico no solo en el Perú sino a nivel mundial”, expresaron.

Según la Defensoría del Pueblo, el 51% recibe al menos el sueldo básico (S/ 930), mientras que el 49% recibe menos de la remuneración mínima. Hay casos en que el ingreso es aún más bajo, llegando a los S/ 200.

“El 60% fueron despedidas y al 30% le redujeron el salario. Solo al 10% les ha pagado su sueldo completo”, expresó María de los Ángeles Ochoa, secretaria general del Sindicato Nacional de Trabajadoras del Hogar del Perú (Sintrahogarp), en referencia a sus compañeras afiliadas al sindicato.

Beneficios insuficientes

Trabajadoras y expertos manifestaron que aún falta mucho por conquistar. Un sueldo mínimo, gratificación y CTS completas, entre otros beneficios.

Bettina Valdez, abogada y autora del libro “Revelando el secreto. Relaciones de género entre empleadoras y trabajadoras del hogar cama adentro", señaló que este problema proviene históricamente de la esclavitud y el servilismo.

“Existe la idea de que mientras más trabajadoras tienes, más valor familiar posees”, comentó.

Valdez añadió que las normas que se desarrollan no se hacen pensando en ellas, sino pensando en cómo beneficiar a las empleadoras.

Y como resultado se obtiene una ley que las discrimina, la cual solo les reconoce la mitad de sus derechos. Modificar esta norma implicará un cambio profundo en nuestras prácticas culturales como sociedad.

“Cuando conversaba con empleadoras, se sentían orgullosas de darles educación, agua caliente, televisor, cama, agua, internet, etc. Cuando en realidad esos son sus derechos. Las empleadoras tienen una lógica perversa para reinterpretar la norma”, enfatizó Valdez.

Por su parte, Fernando Cuadros, exviceministro de Empleo, comentó que esta desigualdad se origina desde que se establece su régimen laboral, en el que se señala que un hogar no es una empresa, y por tanto no puede dar los mismos beneficios.

“Pero las familias que las contratan, usualmente, tienen recursos económicos”, manifestó el experto.

Falta de supervisión

Especialistas sostienen que es un trabajo racializado, porque mayoritariamente lo realizan migrantes, en situación de pobreza y pobreza extrema.

Bettina Valdez sostuvo que el perfil que buscan las empleadoras en las agencias de empleo es que principalmente sea una persona aislada, es decir, que no tenga familia en Lima, y que sea sumisa y de provincia.

Yuri Marcelo, comisionada para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, indicó que las empleadas sufren de una discriminación múltiple, porque se les diferencia por origen racial o étnico, edad, clase social, entre otros aspectos.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) señaló que entre el 2018 y el 2020 existen alrededor de 485 órdenes de inspección por las denuncias de las trabajadoras. Del total, 99 resultó en sanción y 386 en archivo.

Valdez resaltó que las empleadas del hogar, de acuerdo al Artículo 7 de la Ley 30364, no pueden ser atendidas por una denuncia de violencia, ya que existe un problema en la interpretación de la norma por parte de las autoridades.

“La norma no es clara en caso de que la empleadora agreda a la trabajadora del hogar”, menciona la abogada.

Según Valdez, no está claro si puede ir a los servicios del Ministerio de la Mujer si es agredida por su empleadora, puesto que la norma permite la interpretación en la parte que dice que “no haya relación laboral entre víctima y agresor”.

Si denuncian, el MIMP las dirige al MTPE, y este último les dice que no son sus funciones, “¿entonces? ¿Qué instancias tienen para denunciar?”, cuestionó la abogada.

Entonces, la situación del trabajo doméstico no se limita a lo laboral, también aborda aspectos de violencia y género y discriminación. Para enfrentarlo, las trabajadoras apelan a la organización e información.

“Cuarto de servicio”

En la reciente modificatoria de la Ley de Trabajadoras del Hogar se prohíbe segregar a espacios exclusivos a quienes desarrollan el trabajo doméstico.

Aunque la realidad dice todo lo contrario, en el que un dormitorio de servicio posee 2,45 metros de largo y 1,94 metros de ancho. Dicha área no supera los 5 metros cuadrados. Mientras que el cuarto principal y secundario tienen entre 20 y 15 metros cuadrados respectivamente.

Así lo indica la arquitecta Gabriela Zavaleta, quien señala que dentro de esos espacios alcanza apenas un clóset pequeño y una cama de una plaza, en otros casos no tienen ni ventana.

“Se podría revisar exhaustivamente varias edificios de los últimos 20 años y las características son las mismas”, manifiesta.

En ese sentido, según la especialista, los espacios diferenciados dentro de una vivienda vienen arrastrándose desde hace muchos años.

“Durante la primera mitad del siglo XX, el espacio social era el espacio masculino, donde podían relajarse e invitar a los amigos, mientras que el espacio de las mujeres eran la zona de la cocina y el área de servicio”.

La experta señala que lamentablemente desde la arquitectura esta exclusión fue validada, incluso impulsada, en donde el menor espacio posible le corresponde a la trabajadora del hogar, como si valiera menos que los propietarios.

“Parece que hasta existe una competencia entre quien te hace el dormitorio de servicio mas pequeño, donde a las justas alcanza una cama y un clóset”.

Lo que significaría un gran obstáculo para el desarrollo de las trabajadoras ya que algunas de ellas asisten a centros estudiantiles. “Lastimosamente se cree que su única función es servir a la familia”, comenta Zavaleta.

Por último, la arquitecta señaló que se debería modificar el reglamento nacional de edificaciones.

¿Por qué no se cumple con el Convenio 189 de la OIT?

El Gobierno ratificó el Convenio 189 de la OIT en el 2018, que establece que las empleadas del hogar deberían tener los mismos derechos y beneficios que los demás trabajadores, pero hasta ahora no se instaura en su totalidad. Y faltan 4 meses para que el Perú entregue un informe sobre los avances a la OIT.

Alvaro Vidal, profesor de Derecho y Seguridad Social de la PUCP y exdirector de Derechos Fundamentales y seguridad Social del MTPE, comentó que el convenio entró en vigor el 26 de noviembre del 2019, aunque en esa etapa no había un Poder Legislativo estable.

Aunque, señala que el propio Ejecutivo podría emitir una norma.

El experto resalta que en el Congreso existe un dictamen aprobado en la Comisión de la Mujer. “Ese dictamen tendría que entrar a debate para que se apruebe como una nueva ley”, afirmó.

Yuri Marcelo, comisionada para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo indica que solo lo han ratificado 29 países. “Nosotros fuimos uno de los últimos”.

Opiniones

Leddy Mozombite, Fenttrahop:

“El contrato por escrito nos visibiliza. A través de él podemos demostrar la relación laboral porque cuando es verbal la palabra del empleador pesa más que la nuestra”.

Bettina Valdez, abogada:

“Las normas no se hacen pensando en ellas, sino pensando en cómo beneficiar a las empleadoras. Modificar lo establecido implicará un cambio profundo en nuestras prácticas culturales como sociedad”.

Las cifras

496 mil trabajadoras del hogar hay en el Perú.

49% recibe menos de la remuneración mínima vital, según la Defensoría del Pueblo.

92% trabaja en condiciones informales, según el Sindicato Nacional de Trabajadoras del Hogar del Perú.

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