
Unos 7 millones de personas han adquirido un crédito hipotecario o de consumo en el sistema financiero a julio de este año. La gran mayoría paga también un seguro de desgravamen que se suma mensualmente a su estado de cuenta, pero pocos saben qué es en realidad.
Este seguro no es obligatorio, sin embargo, es muy común que las entidades bancarias lo exijan como requisito para dar un crédito. El gerente legal de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg), Eduardo Chávez, explicó que es un seguro sobre la vida, cuyo objetivo es pagar la deuda pendiente que pueda tener una persona con una entidad financiera en caso de muerte natural, accidental o si queda en estado de invalidez permanente.
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Es así que el seguro de desgravamen evita que los familiares de quien obtuvo un crédito hereden la deuda y a su vez dicho seguro se puede contratar en dos modalidades. El desgravamen de Saldo Deudor, que cubre solo el saldo pendiente y lo entrega a la entidad financiera. Y el desgramaven Monto Inicial, que da a la entidad el saldo faltante de la deuda, y a los familiares la diferencia entre el monto total y el faltante.
Es importante mencionar que para activar el seguro de desgravamen en caso fallezca el titular, los herederos deberán comunicarlo a la compañía de seguros y presentar los documentos necesarios.

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