El Poder Ejecutivo promulga la ley que permite a los afiliados a poder utilizar hasta el 25% de sus fondos previsionales para pagar la cuota inicial de su primer inmueble. #LocuraInmobiliaria,Mediante esta facilidad, también se podrá utilizar el 25% de su dinero previsional para amortizar un crédito hipotecario anterior. PUEDES VER: 25% del fondo AFP no será entregado en efectivo ¿Sabes si puedes acceder a esta norma? Conoce los requisitos que debes considerar, para ser beneficiado con el retiro de parte de tus fondos. 1. No haber tenido nunca un inmueble registrado en Sunarp. 2. Si fuiste propietario de uno o más inmuebles, pero (lo)s vendiste antes del 30 de junio (promulgación de la ley). Esas antiguas propiedades no contarán como primer inmueble. 3. Estos puntos también se utilizarán para la compra en planos de una vivienda, compra de terrenos y oficinas comerciales. 4. De ser copropietario de un inmueble, solo se le considerará propietario si es dueño de más del 50% de la vivienda. Si el porcentaje es menor, sí podrá acceder al retiro de fondos. Sepa más En el caso de aquellos afiliados que deseen pagar créditos en curso, si a la fecha de otorgamiento del crédito no tenía inmueble (no importa si fue antes o después del 30 de junio), sí califica para el retiro de fondo de AFP. Si la persona fue propietaria de uno o más inmuebles y lo(s) vendió antes del 30 de junio; y luego adquirió un crédito hipotecario, también puede calificar.