Accidente en el Jorge Chávez: Corpac no querría pagar reparación civil a los deudos de los bomberos fallecidos
Abogado de las víctimas enfatizó que Corpac no ha cumplido con la disposición del Poder Judicial y que ni siquiera ha realizado el pésame a los deudos.
Este último marte 23 de abril, el abogado de los familiares de los bomberos fallecidos en el aeropuerto internacional Jorge Chávez, Jimmy Sotomayor, se refirió a la situación legal que atraviesan sus patrocinados con Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (Corpac) y Lima Airport Partners (LAP) luego del lamentable accidente, registrado el 18 de noviembre de 2022.
En ese sentido, el letrado indicó que la empresa LAP ya terminó con el proceso de reparación civil hacia sus clientes después de que el Poder Judicial dispusiera que la institución dedicada a la operación de aeropuertos fuera hallada responsable como actor civil. Sin embargo, lamentó la posición que ha tomado Corpac de no realizar el mismo acto.
Asimismo, cuestionó la actitud tomada por el mencionado centro operativo, puesto que —según las palabras de la defensa legal de los deudos— Corpac intentó que la reparación civil realizada por Lima Airport Partners lo incluya. Esta acción no ha sido ordenada por el Poder Judicial dado que estos hechos se deberían realizar unilateralmente.
"Ni siquiera les ha dado el pésame y ha pretendido que el pago de LAP los alcance a estos (...) Esto no ha ocurrido con Corpac, Corpac ni siquiera a los familiares de los bomberos fallecidos ni siquiera para darles el pésame", declaró el letrado Jimmy Sotomayor para Radio Exitosa.
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Corpac desearía evadir responsabilidades
De acuerdo con el periodista Paolo Baenza, Corpac emitió un documento dirigido al Poder Judicial donde se indica que la petición realizada por el centro operativo pide al juez encargado del caso que se le excluya como "Tercero Civilmente Responsable", puesto que la acción tomada por LAP alcanza la reparación civil de la empresa y de sus empleados.
"Vuestro Juzgado debe tener presente que conforme a las normas del Código Penal que regulan la reparación civil, los fundamentos invocados por LAP alcanza a CORPAC y a sus imputados, razón por la cual también debe excluirse a nuestra representada de la Constitución como Tercero Civilmente Responsable, en razón de que la responsabilidad es solidaria entre los investigados y ello alcanza a nuestra empresa y a sus empleados", se lee en el documento.
Asimismo, Corpac se acoge al artículo 92 del Código Penal y señala que la reparación civil "se determina conjuntamente con la pena" y que la víctima tiene la potestad de solicitarlo siempre y cuando un juez garantice el proceso, además de que la medida debe efectuarse durante el tiempo en el que se ha dispuesto por un magistrado(a).
"En efecto, como vuestro Juzgado conoce el artículo 92 del Código Penal vigente dispone que la reparación civil se determina conjuntamente con la pena y es un derecho de la víctima que debe efectivizarse durante el tiempo que dure la condena. El juez garantiza su cumplimiento", acotó la empresa.
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Poder Judicial decidió incluir a Corpac y a LAP como terceros civiles responsables
Luego de la solicitud presentada por la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, el Poder Judicial ordenó que la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (Corpac) y Lima Airport Partners (LAP) sean catalogados como terceros civiles responsables tras el fatídico accidente donde tres bomberos fallecieran por impactar con un avión cuando realizaban operaciones de entrenamiento en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.
En esa línea, el fiscal Eduardo Alfredo Luna Andaviza presentó sus argumentos donde las empresas referidas tendrían vinculación en cuanto al siniestro registrado debido a que las víctimas pertenecían a las entidades. Asimismo, se conoció que el representante de la Fiscalía atribuyó el presunto delito de homicidio culposo agravado a Corpac y LAP, ya que se habría cometido durante el ejercicio de sus funciones.
Por consiguiente, el Poder Judicial determinó que las reparaciones civiles de ambas instituciones deben ser destinadas a los familiares de Nicolás André Santa Gadea Morales, Manuel Hugo Villanueva Alarcón y Ángel Torres García.