No hay proyecto de ley que impulse las energías renovables
Aclaración. Exviceministro de Energía explicó que el proyecto aprobado por Comisión de Energía solo modifica la forma de licitación que tienen que hacer los distribuidores con generadores.
La Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República aprobó un proyecto de ley que según el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), "busca dar mayor impulso a las energías renovables en el país". Que la producción de energía tenga como fuente el sol o viento. La propuesta pretende modificar la Ley 28832 para asegurar el desarrollo eficiente de la generación eléctrica y garantizar el abastecimiento seguro, confiable y eficiente del suministro eléctrico y promover la diversificación de la matriz energética”.
El exviceministro de Energía, Luis Espinoza Quiñones, concluye que "no tiene nada que ver con las energías renovables" ni promocionarlas para que las tarifas disminuyan. Según su análisis, lo que se impulsa es un cambio en la forma de licitación de la energía eléctrica, en la que las renovables también pueden participar. En esta industria hay empresas generadoras y distribuidoras.
Estas últimas lanzan licitaciones para comprar la energía y luego venderla a sus clientes. Como antecedente, Espinoza explicó que este proyecto nació a raíz de lo ocurrido en el año 2004, cuando hubo una crisis de falta de contratos entre los generadores y distribuidores. El problema era el precio.
Cuatro centrales de energía renovables entraron en funcionamiento durante el 2020. Foto: Minem
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sión de que para el mercado regulado, que son los clientes que tienen 200 kilowatts (Kw) como demanda, lo mejor era hacer una licitación por adelantado. El concepto de la norma, es que si las distribuidoras de la energía hacen la licitación con suficiente antelación se puede fomentar nueva inversión eficiente y, de esa forma, se tendrían precios de energía más baratos.
Espinoza explicó que son los distribuidores quienes llaman a la licitación a generadoras, pues son los que administran la demanda de los consumidores. Para ello tendrían que avisar cinco años antes. Osinergmin es el ente encargado de supervisar. En este punto, hay que tomar en cuenta que también existe el mercado libre, en el que están los clientes con un consumo superior a los 2.500 kilowatts."El enfoque de la ley es que los clientes libres que busquen quien le puede dar y que en lo único que hay que preocuparnos es en los clientes pequeños que no tienen otra opción que comprar al distribuidor", sostuvo.
El argumento de las distribuidoras para no llamar a una licitación era que el mercado no estaba creciendo. Respecto a este punto, el
exfuncionario señaló que al distribuidor se le pone un plazo para que haga un pronóstico para los próximos 10 años y establezca cuanto de energía necesitará. Los distribuidores públicos y privados se oponían porque es riesgoso hacer una prognosis así. Por ello, se han establecido contratos de corto, mediano y largo plazo. En ese escenario, los distribuidores tendrán un plazo determinado por cada tipo de contrato. Por ello, señala que aquí no se mencionan las energías renovables.
El aspecto que involucra algo de este tema es cuando un cliente contrata con el distribuidor. En la ley se ha establecido que un usuario regulado ahora puede comprar por separado la potencia y la energía y esta a su vez puede ser adquirida en bloques, por horario. Esta subdivisión se hace, según Espinoza, porque hay tecnologías como la solar que no son de 24 horas. En su opinión, esta segmentación no hace más que complicar las cosas para los usuarios.