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Política

Aníbal Torres: “Todavía no hay cuestión de confianza, pero el Congreso ya declaró inadmisible”

El primer ministro criticó la respuesta del titular del Parlamento, José Williams, a la cuestión de confianza planteada con el fin de derogar norma que limita el mismo mecanismo.

Aníbal Torres
Aníbal Torres

Crítica. Aníbal Torres, actual titular del Consejo de Ministros, se refirió a la respuesta dada por José Williams, presidente del Congreso, sobre la cuestión de confianza planteada por el Ejecutivo para derogar la Ley 31255 que limita la misma.

Durante un encuentro con alcaldes electos de la región Arequipa, Aníbal Torres criticó que José Williams haya dicho que lo planteado por el Poder Ejecutivo desde el 8 de abril “no resulta atendible”.

“Hay que advertir esto, nosotros hemos presentado una comunicación el día de ayer diciendo que vamos a concurrir, que vamos a plantear la cuestión de confianza. La cuestión de confianza no está planteada, todavía no hay cuestión de confianza, pero el Congreso ya declaró inadmisible a una cuestión de confianza que no existe. Ha declarado una inadmisibilidad de la nada”, expresó.

En ese sentido, el jefe de la PCM mencionó que José Williams “puede no conocer la materia”. No obstante, indicó que en tal situación “se contratan asesores”. Seguidamente, consideró que el Perú está inmerso en una “dictadura de la ignorancia” en la que aquellos que ocupan altos cargos “se consideran los más capaces, intelectuales y preparados”.

“Ellos hablan de que no se entiende bien si la cuestión de confianza, o el plantearla, es una facultad exclusiva del Congreso. Otro desconocimiento, pero terrible, tan elementalísimo del derecho constitucional que está consagrado en la Constitución. El artículo 107 de la Constitución dice que tiene iniciativa legislativa el Ejecutivo, el presidente de la República, los ministros y los congresistas”, explicó el también extitular de la cartera de Justicia.

Por otro lado, resaltó que el Gobierno “tiene derecho a presentar un proyecto de ley para derogar una ley existente”. “Si considera el Congreso que la cuestión de confianza es exclusividad de ellos, eso sí sería una atrocidad mayúscula porque la Constitución le señala al Ejecutivo esa facultad que plantea cuestión de confianza”, añadió.

Aníbal Torres: “Se desconoce absolutamente el ordenamiento jurídico”

Para Aníbal Torres, los argumentos del Parlamento para declarar improcedente de plano este instrumento político no sería válido, ya que “la Constitución no le va a señalar al Congreso que plantee una cuestión de confianza para sí mismo. O sea, sería si el Ejecutivo planteara una cuestión de confianza para sí mismo otorgarse la confianza”.

“Eso es un absurdo sumamente grave, pero ese es el Perú que estamos viviendo, se desconoce absolutamente el ordenamiento jurídico, en este caso la Constitución, que es la ley de leyes. Existe, pues, como se ha dicho públicamente por algunas personas, que hay una dictadura del Congreso y eso nos está haciendo muchísimo daño”, aseveró.

Finalmente, el primer ministro invocó al Poder Legislativo a “trabajar conjuntamente, para dialogar”. Sin embargo, advirtió: “Cuando uno no conoce, porque uno no puede conocer todo, se consulta y se pregunta al que conoce, pero no se puede gobernar sobre la base de decisiones tomadas con absoluto desconocimiento de la institución de la cual se está tratando”.

Aníbal Torres vuelve a enviar solicitud de presentar cuestión de confianza al Congreso

El presidente del Consejo de MinistrosAníbal Torres, volvió enviar un documento al titular del Congreso, José Williams Zapata, reiterando su solicitud de presentar una cuestión de confianza “en la primera sesión del Pleno del Parlamento que se convoque”.

Mediante un oficio, el jefe de gabinete mencionó que una cuestión de confianza “procede una vez que esta haya sido presentada y sustentada” ante la representación nacional.

“En aras del respeto al Estado Constitucional de Derecho, la institucionalidad democrática y separación de poderes, cualquier decisión respecto a una cuestión de confianza solo procede una vez que esta haya sido presentada y sustentada ante el Pleno del Congreso, conforme al artículo 133° de la Constitución y el artículo 86°, inciso c) del reglamento del Congreso”, se lee en oficio enviado a Williams Zapata.

Cuestión de confianza

Cuestión de confianza

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