Congreso: elección de la Mesa Directiva para el 2024-2025 será el próximo viernes 26 de julio
El presidente del Parlamento, Alejandro Soto, convocó al proceso de elección de la Mesa Directiva del Congreso para el periodo 2024-2025. Las listas de candidatos deben presentarse antes del 25 de julio.
A través del decreto 001-2023-2024-P-CR, este viernes 19 de julio, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, convocó a la elección de la Mesa Directiva para el período 2024-2025, la cual se realizará el viernes 26 de julio de 2024, según lo establecido por el artículo 12 del Reglamento del Congreso de la República y los precedentes parlamentarios. Esta elección determinará los cargos de presidente y tres vicepresidentes del Congreso.
"Convócase a elección de la Mesa Directiva del Congreso de la República para el período anual de sesiones 2024-2025, la misma que se realizará el viernes 26 de julio de 2024 a las 10 a.m. en el Hemiciclo de Sesiones del Congreso", se puede leer en el documento.
Asimismo, la resolución indica que las listas de candidatos deben presentarse ante la Oficialía Mayor del Congreso hasta el jueves 25 de julio a las 10 a.m. Como se sabe, el Reglamento del Congreso estipula que las listas completas de candidatos deben presentarse ante la Oficialía Mayor del Congreso hasta veinticuatro horas antes de la elección.
"Las listas de candidatos se presentarán ante la Oficialía Mayor del Congreso, hasta el jueves 25 de julio a las 10 a.m., según lo establecido en el primer párrafo del artículo 12, el literal d) del artículo 22 y el artículo 33 del Reglamento del Congreso de la República", se observa en la misiva.
Cabe resaltar que el artículo 12 del Reglamento de la Mesa Directiva del Congreso dice que, "los congresistas en el caso de instalación del nuevo Congreso, o los Congresistas en ejercicio, en el caso de instalación de un nuevo período anual de sesiones dentro del período parlamentario, o los Grupos Parlamentarios debidamente constituidos, pueden presentar a la Oficialía Mayor las listas de candidatos para ocupar los cargos de la Mesa Directiva del Congreso, hasta 24 horas antes de la fecha prevista para la elección".
Por lo tanto, las listas deben ser completas, proponiendo un candidato para cada puesto correspondiente y acompañadas por la firma del vocero autorizado de uno o más grupos parlamentarios, siempre que estos estén constituidos.
Asimismo, la Oficialía Mayor informará al Presidente de la Junta Preparatoria o del Congreso, según corresponda, sobre las listas registradas, y el Presidente ordenará su publicación en las tablas. (...) para la elección de la Mesa Directiva en un nuevo período anual de sesiones, el acto electoral se realiza el mismo día de la instalación o, como máximo, al día siguiente.
Este decreto firmado por el presidente del Congreso, Alejandro Soto, se daría a una semana de acabar el periodo legislativo 2023 - 2024. Como se sabe, Soto fue designado como presidente del Congreso el 26 de julio de 2023, tras ser declarado vencedor por el Pleno de la Representación Nacional con 77 votos a favor.
¿Cómo se realiza la elección de la Mesa Directiva para el 2024-2025?
La elección de la Mesa Directiva del Congreso para el periodo 2024-2025, se llevará a cabo cumpliendo las siguientes reglas:
- a) Una vez leídas las listas de candidatos, la Mesa Directiva designa a dos Congresistas para actuar como escrutadores y supervisar el proceso electoral. Los escrutadores firmarán las cédulas de votación, que se distribuirán entre los Congresistas. Luego, el Presidente suspende la sesión brevemente para que los Congresistas llenen las cédulas.
- b) Al reanudar la sesión, el Presidente vota primero, seguido por los miembros de la Mesa y los escrutadores. A continuación, se invita a los demás Congresistas a votar, llamándolos por su apellido en orden alfabético.
- c) Finalizada la votación, el Presidente, con la ayuda de los escrutadores, realiza el conteo voto por voto, leyendo cada cédula sufragada.
- d) Tras el escrutinio, el Presidente proclama a los miembros electos de la Mesa Directiva de la lista que haya obtenido la mayoría simple de votos. Si ninguna lista alcanza la mayoría simple, se realiza una segunda votación entre las dos listas con más votos, proclamándose a los candidatos de la lista con mayor votación.
- e) Los candidatos electos prestan juramento y asumen sus funciones de inmediato. El Presidente electo jura ante el Presidente saliente, y los demás miembros de la Mesa Directiva juran ante el nuevo Presidente del Congreso. En la Junta Preparatoria, el nuevo Presidente del Congreso jura ante el Presidente de la Junta, y luego incorpora y toma juramento a los demás miembros electos. La Mesa Directiva puede decidir que la juramentación de nuevos Congresistas se haga por grupos, utilizando la fórmula común de juramentación, salvo que algún Congresista solicite omitir la invocación a Dios.
- f) Los resultados de la elección se comunican oficialmente al Presidente de la República, al Presidente de la Corte Suprema, al Presidente del Tribunal Constitucional, al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, al Fiscal de la Nación, al Defensor del Pueblo, y a las autoridades regionales y municipales.
En caso de vacancia en algún cargo de la Mesa Directiva, el Presidente o su reemplazo convocará a elecciones dentro de los cinco días posteriores a la oficialización de la vacancia, pudiendo citar a sesión especial si es necesario.