Política

Agustín Luque: Sala Penal confirma prisión preventiva contra gobernador de Puno

De acuerdo a los tres magistrados, existen indicios que vinculan a Luque, al exfuncionario Wilfredo Martínez Molina y al empresario chino Chen Junkun con el delito de colusión agravada.

Encierro. Agustín Luque, dijo en audiencia que pidió a la Virgen que ilumine al magistrado a fin que tome la mejor decisión. Foto: Juan Carlos Cisneros/La República
Encierro. Agustín Luque, dijo en audiencia que pidió a la Virgen que ilumine al magistrado a fin que tome la mejor decisión. Foto: Juan Carlos Cisneros/La República

El gobernador regional de Puno, Agustín Luque Chayña, se mantendrá cumpliendo prisión preventiva por nueve meses. La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia declaró infundado el recurso de apelación que interpuso su defensa contra la resolución del 08 de noviembre de 2021, dictada por el juez Youl Riveros Salazar.

Aquel día, el magistrado Riveros Salazar dispuso nueve meses de prisión preventiva contra la autoridad regional por el presunto delito de colusión agravada. La medida también está dirigida contra Wilfredo Martínez Molina, jefe de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Puno, y el empresario chino Chen Junkun Con.

Contra los tres, pesa una orden de encarcelamiento preventivo por nueve meses. Luque y Wilfredo Martínez encabezarían la organización criminal denominada Los Supremos de Altiplano.

De acuerdo al fiscal Wiliam Otazú Pinto, Agustín Luque se habría coludido con el asesor legal Jhon Wilfredo Martínez Molina para no cobrar al Consorcio Hospitalario Manuel Núñez Butrón el monto de 504.727 soles.

El colegiado integrado por los jueces superiores Reynaldo Luque Mamani, Oscar Fredy Ayestas Ardiles e Iván Víctor Arias Calvo determinó que los investigados sí cumplían con los requisitos que exige la prisión preventiva y existen suficientes evidencias que vinculan a los procesados con el delito que se les imputa.

Respecto al ciudadano chino Chen Junkun, los tres magistrados dispusieron acciones para su aprehensión e internamiento en el Establecimiento Penitenciario que corresponda. Chen Junkun, desde que se inició la causa, rehuyó de la justicia. Este hecho fue merituado y se determinó que estaba obstruyendo la acción de la justicia. Jugó un peso importante que no estuviera presente en Puno cuando se firmó la conciliación para el no cobro de las penalidades. Sin embargo, en el documento hicieron aparecer como si estuviese presente en todos los acuerdos previos.