Comisión Permanente aprueba conformación de la mesa directiva de la SAC
Con 20 votos a favor, nueve en contra y cero abstenciones se decidió que el grupo de trabajo parlamentario sea presidido por la congresista de APP Rosio Torres.
La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó este viernes la conformación de la mesa directiva de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) para el periodo de sesiones 2021-2022. Con 20 votos a favor, nueve en contra y cero abstenciones se decidió que el grupo de trabajo parlamentario sea presidido por la congresista de Alianza para el Progreso (APP) Rosio Torres.
Asimismo, Torres Salinas estará acompañada por las parlamentaria de Fuerza Popular Martha Moyano, en la vicepresidencia de la SAC, y por el legislador de Avanza País Alejandro Cavero, quien cumplirá el rol de secretario.
Mesa directiva de la SAC. Foto: Congreso
Durante la sesión de la Comisión Permanente de este viernes, la cual encabezó la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, también se ratificó la designación de Julio Velarde como presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) con 18 votos a favor, 3 en contra y 6 abstenciones.
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Esta decisión tuvo lugar luego de que el último 7 de octubre el presidente de la República, Pedro Castillo, reafirmara a Velarde Flores en el cargo y además anunciara que Roxana Barrantes, José Távara y Germán Alarcón integrarán el Directorio del BCRP.
Gobierno presentó demanda de inconstitucionalidad ante decisión del Congreso
Luego de que el pleno del Parlamento aprobara el dictamen que regula la cuestión de confianza el último martes 19 de octubre, el Ejecutivo decidió presentar este viernes ante el Tribunal Constitucional (TC) la demanda de inconstitucionalidad contra esta ley. Mediante el procurador público Luis Alberto Huerta Guerrero se solicitó que el recurso legal fuera admitido para que el TC proceda con su evaluación.
“Se solicita al Tribunal Constitucional que declare la inconstitucionalidad total de la ley, por razones de forma y fondo y por cuanto contraviene las disposiciones de la Constitución Política del Perú de 1993 y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional”, se lee en la demanda.