Pleno del Congreso aprueba eliminar la pensión vitalicia para expresidentes de la República
La norma señala que el Parlamento puede, de manera excepcional, otorgarle a los exmandatarios dicha pensión, pero esto dependerá de ciertas condiciones.
El pleno del Congreso aprobó este viernes 11 de junio, con 91 votos a favor, eliminar la pensión vitalicia para los expresidentes de la República. La norma fue aceptada en primera instancia y exonerada de la segunda.
De acuerdo al texto sustitutorio aprobado por la Comisión de Constitución, el Parlamento puede garantizar, de manera extraordinaria, el otorgamiento de una pensión de gracia, vitalicia o por periodo definido a los exmandatarios siempre que se cumplan ciertos requisitos:
- Se encuentren en estado de necesidad o de incapacidad para trabajar
- No perciban otra pensión o ingreso del Estado
- No hayan sido acusados constitucionalmente por el Legislativo
- No tengan sentencias por delitos dolosos en su contra.
Según se indica, en ninguno de los anteriores casos, la pensión puede ser superior a ocho remuneraciones mínimas vitales y su entrega se realiza con cargo al presupuesto institucional nacional realizado en beneficio del país.
“El monto de la pensión, que tiene el mismo carácter que señala el artículo 4 de la Ley 27747, Ley que regula el otorgamiento de pensión de gracia, será fijado en función del desempeño del cargo del mandatario y de la labor de trascendencia nacional realizada en beneficio del país”, apunta.
Asimismo, la norma modificó el numeral 6 del artículo 2 del decreto legislativo 1267, Ley de la la Policía Nacional del Perú (PNP), al precisar que las fuerzas policiales brindarán seguridad con el personal mínimo necesario a los expresidentes por el periodo de dos años contados a partir del día siguiente a su cese del cargo.
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