Política

Proponen que haya paridad de género en el Tribunal Constitucional

Iniciativa legislativa plantea conformación paritaria del máximo órgano de interpretación de la Constitución. Asimismo, postula dos requisitos para hacer más rigurosa la elección de los magistrados.

Tribunal Constitucional
Tribunal Constitucional

La paridad de género en la conformación del Tribunal Constitucional, además de otras incorporaciones en el acápite de los requisitos, son, en resumen, los nuevos planteamientos de un proyecto de ley presentado en el Congreso el último jueves 18 de junio.

La iniciativa 5561/2020-CR, propuesta por la parlamentaria del Frente Amplio Mirtha Vásquez Chuquilín, vale precisar, aún no llega a la Comisión de Constitución del Parlamento, de la cual la legisladora es miembro titular.

El proyecto fue presentado con la denominación de “Ley de elección de magistradas y magistrados del Tribunal Constitucional, que busca la transparencia del proceso e idoneidad de sus integrantes”, pues, efectivamente, propone un proceso de convocatoria y concurso público más detallado y reglamentado que el actual, con participación en audiencias transmitidas en la televisión estatal, por ejemplo.

Paridad de género

Sin embargo, otros aspectos más llamativos surgen en la iniciativa legislativa, como la incorporación de la paridad de género en el TC, expresa desde el comienzo del documento en la propuesta de modificación del artículo 8 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional:

“El Tribunal está integrado por siete jueces y juezas constitucionales, con el título de Magistrados o Magistradas del Tribunal Constitucional. Se designan observando la paridad de género, por el Congreso mediante resolución legislativa, con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros”.

La iniciativa corresponde al planteamiento programático de la bancada del Frente Amplio en el Congreso 2020, es decir, la propugnación de la paridad de género —y la alternancia también, en las listas de candidatos— para establecer una condición igualitaria entre varones y mujeres en las instituciones colegiadas de la nación, como el Parlamento.

Esta iniciativa, también debe subrayarse, está en concordancia con la reforma política que impulsa el Gobierno y que tuvo un logro, aunque parcial —quedó pendiente la eliminación del voto preferencial— el pasado 16 de junio, con la aprobación al 50% de la paridad y alternancia.

La República intentó comunicarse —aunque sin éxito— con la congresista Mirtha Vásquez para obtener mayores precisiones sobre la aplicación de la paridad de género en el Tribunal Constitucional, ya que el colegiado está conformado por un número impar de magistrados —7, en total.

“La necesidad de incluir a mujeres, y una visión de género, dentro de los más altos órganos de administración de justicia, como los es el TC, es por el carácter eminentemente machista del mundo del derecho en el Perú”, sostiene la congresista Vásquez en su proyecto.

Proyecto de Ley 5561/2020-CR, de la congresista Mirtha Vásquez.

Proyecto de Ley 5561/2020-CR, de la congresista Mirtha Vásquez.

Magistradas en el TC

Desde su fundación en 1980 con el nombre de Tribunal de Garantías Constitucionales, hasta la fecha, el TC ha estado prácticamente conformado por magistrados.

Solo dos abogadas peruanas han participado como magistradas en el Tribunal Constitucional: Delia Revoredo Marsano de Mur y Marianella Ledesma.

Ledesma, es preciso recalcar, es hasta el momento la única magistrada en llegar a la presidencia del TC.

Dos nuevos requisitos

Otra novedad en propuesta por la congresista Mirtha Vásquez implica dos requisitos adicionales para llegar al cargo de magistrado o magistrada del Tribunal Constitucional.

Estos son:

1) “Haber presentado, durante el proceso de selección a cargo de la Comisión Especial de Selección a la que se refiere el artículo 8, la declaración jurada de intereses a la que están obligados los funcionarios públicos del Estado”;

2) Presentar “la declaración jurada con el íntegro de la cartera de clientes de los últimos diez años, en caso haber ejercido el litigio legal”.

Sobre este último punto, el proyecto de la congresista Vásquez aclara que esta declaración se ponderará “guardando la reserva del nombre de sus clientes cuando se trate de materias relativas a delitos contra la libertad sexual”.

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