¿Dónde está Santa Claus? Sigue el recorrido EN VIVO
Política

Heresi insiste con recurso contra la disolución del Congreso ante el Poder Judicial

Acción popular que planteó Salvador Heresi en contra de la disolución del Parlamento fue declarada improcedente en primera instancia. Sin embargo, el vicepresidente de la Comisión Permanente apeló la decisión.

Salvador Heresi. Foto: John Reyes.
Salvador Heresi. Foto: John Reyes.

Salvador Heresi, vicepresidente de la Comisión Permanente del disuelto Congreso, insistirá ante el Poder Judicial con su recurso de acción popular en contra de la disolución decretada por el presidente Martín Vizcarra.

El recurso del aún parlamentario ya fue rechazado en primera instancia por el Poder Judicial debido a que el tema de la disolución del Congreso se encuentra en evaluación en el Tribunal Constitucional.

Con su recurso, Heresi se propone dejar sin efecto la disolución del Parlamento y la convocatoria de las elecciones 2020, según lo apuntó la misma Corte Superior de Justicia de Lima.

Captura tweet CSJL.

Captura tweet CSJL.

“Mediante la presente acción popular, el demandante [Salvador Heresi] pretende cuestionar y que se realice el control constitucional de potestades que no se refieren al control de la potestad reglamentaria establecida en los artículos 51° y 118° inciso 8) de la Constitución, razones por las cuales, la demanda que antecede no resulta procedente”, resolvió la Segunda Sala Constitucional de la CSJ de Lima.

Ahora, el vicepresidente de la Comisión Permanente llevó a la práctica su decisión de apelar la resolución de la sala constitucional, en sus palabras, porque “la defensa de la constitución y la legalidad no puede tener concesiones por conveniencia política en una real democracia”.

En efecto, Salvador Heresi presentó este viernes su apelación ante la misa Segunda Sala Constitucional de la CSJ de Lima:

Apelación presentada por Salvador Heresi.

Apelación presentada por Salvador Heresi.

Vale aclarar que la misma sala constitucional indicó a Heresi que “mediante la acción popular no se puede controlar la facultad otorgada al presidente de la República en el artículo 134 [de la Constitución]”.

Por el contrario, la sala aclaró que esta controversia debe ser revisada a través de un proceso competencial, como el que a la fecha evalúa el Tribunal Constitucional.

Demanda ante el TC

Sobre la demanda de competencias interpuesta por Pedro Olaechea contra el Ejecutivo, el pasado 4 de diciembre se llevó a cabo la audiencia pública en la que participaron los representantes del Poder Legislativo y el Ejecutivo respectivamente, a fin de sustentar sus posiciones sobre la constitucionalidad de la disolución del Congreso.

Ahora, respecto a la posibilidad de que se detengan las elecciones 2020, como lo solicita Salvador Heresi, el Tribunal Constitucional descartó de plano dicho escenario ya que el proceso para que se lleven a cabo los comicios vienen ejecutándose con un cronograma ya establecido.