Luz verde para la ley trans: España reconoce el derecho a la libre autodeterminación de género desde los 16 años
Asimismo, el Congreso de España aprobó la reforma de la ley del aborto que busca garantizar la realización de interrupciones voluntarias del embarazo en centros públicos y elimina la exigencia de autorización paterna para menores de 16 y 17 años.
El Congreso de España ha dado luz verde de forma definitiva a 2 leyes impulsadas por el Ministerio de Igualdad, la ‘ley trans’ y la reforma del aborto con los apoyos del PSOE, Unidas Podemos y el bloque de la investidura, en medio de la pugna en el Gobierno de coalición por las diferencias de criterios sobre las infancias y adolescencias trans y la autodeterminación de género.
Tras meses de debate en el seno del gobierno de izquierda, el Congreso español aprobó definitivamente este jueves una ley que autoriza la libre autodeterminación de género, pese a que otros países europeos pioneros han reculado ante el asunto.
El texto reconoce la voluntad de la persona como único requisito para cambiar de sexo en el registro a partir de los 16 años, despatologizando dicho proceso, e introduce varios avances para la comunidad LGTBIQ+.
El punto principal del texto es la eliminación de la hormonación obligatoria y las evaluaciones psicológicas y médicas como requisitos para aquellas personas que soliciten el cambio de sexo en el Registro Civil, que ahora podrá autorizarse sólo con la voluntad libremente expresada del solicitante si tiene más de 16 años.
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Cambio de género para mayores de 16 sin informes ni hormonación
Para cambiar de sexo en el registro a partir de los 16 años no será obligatorio presentar informes médicos o psicológicos que acrediten disforia de género, ni tampoco estar en un proceso de hormonación o haberse sometido a operaciones para modificar la apariencia.
Quienes sean menores de 12 años no podrán cambiar su sexo en el registro, pero sí su nombre el DNI.
Se prohíben las terapias de conversión
Se prohíben de las terapias de conversión destinadas a modificar la orientación o la identidad sexual o la expresión de género, con independencia del consentimiento que pudieran haber prestado las mismas o sus representantes legales.
Maternidad y filiación
Las lesbianas, bisexuales y las personas trans con capacidad de gestar tendrán garantizado el acceso a técnicas de reproducción asistida. Las parejas de mujeres lesbianas y bisexuales podrán inscribirlos como propios sin necesidad de estar casadas.
Personas intersexuales
Se prohíbe la modificación genital de menores de 12 años intersexuales, nacidos con variaciones de las características sexuales, salvo en los casos en que las indicaciones médicas lo exijan.
La modificación genital en personas intersex de entre 12 y 16 años sólo se permitirá si lo solicita el menor y si se considera que está capacitado para tomar dicha decisión por su edad y madurez.
Infracciones por discriminación
Creación de un régimen de infracciones frente a actos de discriminación a personas LGTBIQ+, con sanciones de hasta 150.000 euros para casos muy graves.
España aprueba el aborto en centros públicos y libre desde los 16 años
Los principales ejes del proyecto impulsado por el Ministerio de Igualdad, que verá la luz con la oposición del PP y de Vox, son:
- Las mujeres podrán interrumpir voluntariamente su embarazo a partir de los 16 años. Se elimina el requisito introducido en 2015 por el gobierno del PP que obligaba a las menores de 16 y 17 años a contar con el consentimiento de sus representantes legales
- Los centros sanitarios públicos deberán organizar sus servicios para garantizar la prestación del aborto.
- Se creará un registro de objetores de conciencia. Quien se declare objetor no podrá practicar abortos tampoco en la sanidad privada.
- Las reforma amplía los derechos reproductivos a todas las "personas trans con capacidad de gestar", es decir, a las que han cambiado su sexo al masculino pero que han mantenido su aparato reproductor femenino.
- La ley establece el derecho a la incapacidad laboral temporal por reglas dolorosas incapacitantes.
- Se recoge asimismo el derecho a la incapacidad temporal desde el primer día de la semana 39 del embarazo y mientras se reciba asistencia sanitaria por un aborto y no se pueda trabajar.
Con información de AFP y EFE