Elecciones

Miembros de mesa: ¿en qué casos procede la excusa para no ejercer el cargo?

Conoce cuáles son las causales para tramitar el pedido de dispensa de forma presencial o virtual.

Los miembros de mesa accederán a un bono de 120 soles por cumplir con su deber cívico. Foto: composición LR
Los miembros de mesa accederán a un bono de 120 soles por cumplir con su deber cívico. Foto: composición LR

Los miembros de mesa de las Elecciones Generales 2021 pueden presentar sus solicitudes de excusa al cargo o justificar su inasistencia a dicha función hasta este sábado 5 de junio.

Para esto, los ciudadanos primero deberán pagar el derecho a trámite, el cual es de S/ 12,60. Debe abonarse en el Banco de la Nación, con el código 03836.

Los pedidos pueden realizarse en las oficinas especiales de procesos electorales (ODPE) de todo el país, desde las 11.30 a. m. hasta las 4.30 p. m., o de forma virtual a través de este enlace.

Cabe recordar que los pedidos de excusa y justificación presentados para la jornada electoral del 11 de abril continúan vigentes para la segunda vuelta. Sin embargo, la ONPE indicó que, si las condiciones que ameritaron dicha solicitud ya no se dan, el ciudadano puede presentarse a cumplir con su función.

De acuerdo con la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, el cargo de miembro de mesa es irrenunciable, pero también hay causales para que los pedidos de dispensa sean declarados procedentes. Estos son los siguientes:

  • Si necesitas ausentarte del territorio de la República.
  • Si eres cónyuge o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos y hermanos) o afinidad (suegros, yernos, nueros, cuñados, padrastros y hermanastros) de otro miembro en tu misma mesa.
  • Si te encuentras temporalmente fuera de la República, de acuerdo con las relaciones correspondientes que remita el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
  • Si eres un miembro en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que realiza actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales.
  • Si eres un miembro del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
  • Si eres funcionario o empleado de los organismos que conforman el sistema electoral peruano (ONPE y JNE).
  • Si eres un miembro del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, realiza funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales.
  • Si eres un funcionario de la Defensoría del Pueblo que realiza supervisión electoral.
  • Si eres una autoridad política.
  • Si eres un ciudadano mayor de 70 años.
  • Si eres una autoridad o representante proveniente de elección popular.
  • Tener notorio o grave impedimento físico o mental.
  • Si eres madre gestante o madre lactante.
  • Si eres población vulnerable frente a la COVID-19 como mayores de 65 años, personas con hipertensión arterial, diabetes, obesidad, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer.
  • Personas en un estado de inmunodepresión establecido por una autoridad sanitaria. Mujeres embarazadas o madres lactantes.

A su vez, el Jurado Nacional de Elecciones informó que las personas que se encuentren en grupos de riesgo de contagio por la COVID-19 pueden gestionar las justificaciones de forma gratuita.

Esto aplica para los mayores de 65 años, las mujeres embarazadas o madres lactantes, personas con estado de inmunodepresión, con hipertensión arterial, diabetes, obesidad y enfermedades cardiovasculares, cáncer y enfermedad pulmonar crónica.