Sunafil señala que no debe existir diferenciación de condiciones laborales “según el lugar de trabajo”

Esto se señala en la nueva resolución del Tribunal de Fiscalización Laboral de la Sunafil. Conoce en esta nota de qué se trata.

La Sunafil es la institución que se encarga de velar por los derechos de los trabajadores. Foto: Andina
La Sunafil es la institución que se encarga de velar por los derechos de los trabajadores. Foto: Andina

El Tribunal de Fiscalización Laboral de la Sunafil emitió la Resolución N.° 1074-2023/Sunafil-TFL-Primera Sala. En este fallo se señala que no puede existir diferencia en las condiciones laborales entregadas por una empresa dependiendo de la filial donde laboren. En el caso de que existan y no estén correctamente justificados, de acuerdo con el numeral 25.17 del artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (RLGIT), se considera como un acto de discriminación y se sancionará a la empresa.

Conoce en esta nota qué dice la resolución del Tribunal de Fiscalización Laboral y cuáles son los consejos del abogado laboralista Brian Ávalos, socio del estudio Payet Rey Cauvi Pérez, para evitar caer en esta sanción.

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¿Qué dice la resolución de la Sunafil?

La resolución N.° 1074-2023/Sunafil-TFL-Primera Sala es una respuesta a una denuncia realizada en contra de una tienda por departamentos que cuenta con un almacén ubicado en el distrito de Villa El Salvador en Lima y una tienda, el Centro Comercial Mall Aventura Plaza en la ciudad de Arequipa. En ella se detalla que en a los empleados de la primera sede se le entregaba vales de comida por S/7 por día laborado como condiciones laborales a todos los trabajadores, mientras que en la segunda, no.

De acuerdo con la empresa, se manifiesta que debido a las distancias, a los trabajadores del almacén se les entrega bonos debido a la lejanía existente entre el establecimiento y los restaurantes, a diferencia de la tienda ubicada en el centro comercial de Arequipa, en la cual también puedes encontrar un patio de comidas. Según este tribunal, este argumento no es suficiente y la existencia del bono económico de S/7 ha creado una desigualdad entre los trabajadores.

"La igualdad solo será vulnerada cuando el trato desigual carezca de una justificación objetiva y razonable. Cuando, por el contrario, la desigualdad de trato no sea razonable ni proporcional, estaremos ante una discriminación", se puede leer en la resolución del Tribunal de Fiscalización Laboral

De acuerdo con el abogado laboralista Brian Ávalos, socio del estudio Payet Rey Cauvi Pérez, el problema con la empresa ha sido que no ha logrado sustentar de manera correcta esta condición de trabajo ante el inspector que ha asistido a fiscalizar. Además, señala que si es una figura posible, la entrega de este bono, sin embargo, tiene que ser en circunstancias excepcionales.

¿Cómo se pueden evitar sanciones?

El abogado Ávalos señaló que para que las empresas puedan determinar esta diferencia salarial entre sedes dependiendo de su ubicación, tienen que estar correctamente sustentadas y en casos bien específicos. Además, manifestó que en el caso de querer brindar un bono remunerativo, figura que mejor se adoptaría en este vale alimentario, diferenciado por la ubicación geográfica, se deberá de poner de manera explícita en las políticas del personal de la empresa y darlos a conocer.

Para ello, el experto en leyes señala que una condición laboral son las herramientas indispensables que brinda el empleador para realizar un determinado trabajo y estas dependen de diversos factores. Añadió que la distancia sí se puede considerar un factor, pero la empresa está en la obligación de realizar un correcto sustento como que el centro de labores se encuentre en un lugar remoto sin mayores conexiones como un campamento minero.

¿Qué es la Sunafil y cuál es su función?

El sitio web de la entidad señala: "Promovemos, supervisamos y fiscalizamos el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo. Además, brindamos asesoría técnica, realizamos investigaciones y proponemos la emisión de normas laborales".

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