Minem crea grupo de trabajo para reglamentar ley sobre exploración y explotación de litio
El equipo tendrá una vigencia de 30 días hábiles. Entre sus funciones destaca la elaboración de un plan que determine acciones orientadas a la investigación científica y tecnológica de litio.
El Ministerio de Energía y Minas (Minem) creó el equipo denominado “Grupo de trabajo para proponer acciones y medidas de competencia del sector Energía y Minas, orientadas a la reglamentación de la Ley n.° 31283″.
El grupo de trabajo se instalará en un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados desde el 26 de agosto, y tendrá una vigencia de 30 días hábiles contabilizados desde esa misma fecha, este periodo podrá ampliarse por acuerdo de las partes, especifica la Resolución Ministerial n.º 317-2022-Minem/DM, publicada este 25 de agosto en El Peruano.
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Cabe precisar que la Ley n.° 31283 declara de necesidad pública, interés nacional y recurso estratégico la exploración, explotación e industrialización del litio y de sus derivados en el territorio nacional, con el propósito de garantizar su desarrollo sustentable, disponiendo que la comercialización de este mineral y de sus derivados es fundamental para el progreso del país.
El equipo de trabajo estará conformado por los siguientes miembros:
- Un representante del Despacho Ministerial, quien lo preside.
- Un representante del Despacho Viceministerial de Minas, quien ejerce las veces de Secretaría Técnica.
- Un representante de la Dirección General de Minería
- Un representante de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros.
- Un representante de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera.
- Un representante de la Dirección General de Eficiencia Energética.
- Un representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
- Un representante del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet).
- Un representante del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN).
Sus funciones serán:
- Identificar y proponer acciones y medidas de competencia del sector Energía y Minas, orientadas a la reglamentación de la Ley n.° 31283.
- Proponer un plan de trabajo que determine acciones orientadas a la investigación científica y tecnológica de litio.
- Proponer acciones y medidas que coadyuven al cumplimiento del objeto del grupo de trabajo.
- Desarrollar otras funciones orientadas a sostener y fortalecer el cumplimiento de los acuerdos del grupo de trabajo.
- Elaborar el documento final por parte de la Secretaría Técnica del grupo de trabajo, que recoja las propuestas, acciones, medidas o planes.