Sunafil: empresas con más de 20 trabajadores deben contar con comité de salud y seguridad
El comité es el encargado de aprobar el reglamento interno y el programa anual de seguridad y salud en el trabajo de la empresa. En las compañías donde hay menos de 20 trabajadores, son ellos quienes eligen a un supervisor.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó a los empleadores que tienen 20 o más trabajadores la obligación de constituir un comité de seguridad y salud en el trabajo, el cual está formado por igual número de representantes de la parte trabajadora y de la parte empleadora, no pudiendo ser menor de cuatro ni mayor de 12 miembros.
El comité es el encargado de aprobar el reglamento interno y el programa anual de seguridad y salud en el trabajo de la empresa. Además, entre otras funciones, debe asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás documentos escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el centro laboral.
El comité también realiza inspecciones periódicas del lugar de trabajo, como las áreas administrativas, operativas, instalaciones, maquinarias y equipos, reforzando la gestión preventiva y, en caso de accidentes y enfermedades ocupacionales, considera las circunstancias e investiga las causas, haciendo recomendaciones para evitar que se repitan.
En los centros con menos de 20 trabajadores, son ellos quienes eligen un supervisor de seguridad y salud en el trabajo. Tanto el comité o supervisor se eligen mediante un proceso electoral por un período de un año como mínimo y dos como máximo, siguiendo el procedimiento aprobado mediante Resolución Ministerial N° 245-2021-TR. No contar con ellos es una infracción grave sancionable con multa.
Sunafil: accidentes de trabajo
Los trabajadores que consideren que se ha cometido una infracción en seguridad y salud en el trabajo pueden presentar una denuncia ante la Sunafil para que se proceda con las investigaciones.
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Para ello, pueden ingresar al portal de Sunafil y ubicar la sección Orientación, trámites y servicios más visitados, donde podrá reportar su denuncia haciendo clic en “Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada”. En caso deseen información, pueden llamar al 0800-16872 o a la central telefónica: 01-390-2800.
En caso de accidentes no mortales, leves o graves, el empleador debe asegurar la atención médica de los afectados. En caso de un accidente mortal o un incidente peligroso, se debe reportar dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.