BCRP pone topes y no se podrá cobrar tasas por encima del 83,4% anual
Esta medida estará vigente a partir del 10 de mayo y será exclusivamente para créditos de consumo y mypes.
Luego que a finales de marzo el Congreso de la República aprobara por insistencia la ley que pone tope a las tasas de interés, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) aprobó hoy la metodología que aplicará para determinar el costo financiero máximo para los nuevos créditos de consumo, cuyo monto sea menor a las 2 UIT, así como también para los nuevos préstamos para las micro y pequeñas empresas.
En tal sentido, la entidad monetaria dispuso que la tasa máxima de interés será equivalente a 2 veces la tasa de interés promedio de los préstamos de consumo del sistema financiero, lo cual entrará en vigencia a partir del 10 de mayo de este año.
El costo financiero será calculada cada seis meses y será en base a las tasas de los créditos de consumo del sistema financiero entre los dos y siete meses previos a su vigencia.
De esta manera, la tasa máxima para el periodo mayo-octubre será de 83,4% anual.
“El BCRP ha establecido estos topes en base a la información de la distribución de las tasas de interés para los distintos tipos de préstamos del sistema financiero y con el objetivo de minimizar sus efectos negativos”, expresó la entidad monetaria mediante un comunicado.
Al ser las entidades especializadas en consumo y microfinanzas las más afectas, la implementación en estas empresas se dará de manera progresiva. Así, la fecha de vigencia de los topes de tasas de interés bajo esta metodología será:
a. A partir del 10 de mayo del 2021 para todas las empresas bancarias.
b. A partir del 1 de junio de 2021 para las cajas municipales.
c. A partir del 1 de julio de 2021 para cajas rurales y el resto de entidades del sistema financiero.
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