Gratificación: ¿Qué debes hacer si la empresa no te paga este beneficio?
Hoy vence el plazo para que los empleadores depositen la gratificación, de lo contrario serán multados por la Sunafil. Sepa qué pasos seguir si no te cumplen con el pago.
Hoy 15 de julio vence el plazo para que las empresas paguen la gratificación de Fiestas Patrias a sus trabajadores contratados a tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial, que hayan laborado por lo menos un mes. Pero, ¿qué sucede si las empresas no pagan oportunamente esta gratificación?
Lo primero que debes hacer es reclamar mediante una carta dirigida al área de Recursos Humanos. Si tu solicitud no es atendida de inmediato, tienes derecho a denunciar ante la Superintendencia Nacional de fiscalización Laboral (Sunafil), ya que el incumplimiento del pago íntegro y oportuno de este beneficio es considerado como grave en materia de relaciones laborales.
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Si aún no te subsanan ni cumplen con el pago, la empresa será sancionada por la Sunafil con multas que oscilan entre 1.890 soles y 18.900 soles de ser pequeña empresa; mientras que en la mediana y gran empresa está entre los 5.670 soles y 94.500 soles.
Además, las empresas deberán pagar la gratificación y, adicionalmente, los intereses legales laborales acumulados por la falta de pago del beneficio desde el día 16 de julio hasta la fecha efectiva de depósito. La tasa de interés legal laboral está consignada en el portal web de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).
Monto de la gratificación
El monto a recibir es equivalente a un sueldo completo al 30 de junio del 2019, siempre y cuando hayas trabajado durante todo el primer semestre del año (enero-junio). Si esto no ocurre, recibirás de gratificación la sexta parte del sueldo por cada mes de laboró.
Cabe señalar que no todos los trabajadores reciben un sueldo íntegro. Existen regímenes especiales laborales, como los trabajadores del hogar y empleados de las pequeñas empresas que reciben el 50% de la remuneración mensual.
En el caso del sector agrario, la gratificación está comprendida en la remuneración mínima diaria, es decir, no reciben el bono. Y en el caso de las microempresas, no aplica el beneficio.