Sunafil recordó que los empleadores que no realicen el depósito serán sancionados., Los empleadores deben de pagar a los trabajadores por la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). El plazo para realizar la transferencia vence el 15 de mayo y, quienes no lo realicen, serán sancionados. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) anunció que empleará la plataforma de la Sunat para enviar un comunicado a cien mil empleadores a nivel nacional en el que se les recordará la importancia de que realicen el depósito. PUEDES VER Estados Unidos: Desempleo baja al 3,6 % en abril con 263 mil trabajos nuevos El pago de la CTS le corresponde a los trabajadores comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada que cumplan con una jornada de trabajo mínima de cuatro horas diarias. Es importante que tengan al menos un mes de vínculo laboral y que no perciban el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios que presta el empleador. Multas Sunafil indicó que, si el empleador no realiza el pago, configura una infracción grave que tendrá una multa de acuerdo a la empresa: si es una pequeña empresa, la multa podrá ser de S/ 1.890.00 a S/ 18.900.00; y si es No Mype, puede recibir una multa de S/ 5.670.00 hasta los S/ 94.500.00.