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Papeletas de tránsito: conductores pueden acceder a descuentos de hasta 83% con SAT

El Servicio de Administración Tributaria lanzó una promoción para incentivar a los deudores a pagar sus multas. Conoce en esta nota cómo obtener este descuento.

En todo el mes de octubre podrás optar por los descuentos del SAT. Foto: ComposiciónLR/SAT
En todo el mes de octubre podrás optar por los descuentos del SAT. Foto: ComposiciónLR/SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), con el objetivo de incentivar a los conductores a cancelar el pago de papeletas, ofrece un descuento de hasta 83%. Además, con el pago de su respectiva deuda, se podrá evitar alguna cobranza coactiva por parte de la institución. Cabe recordar que las multas de código muy grave no podrán optar a ello. Conoce aquí cómo conseguir este beneficio y pagar tu multa de tránsito.

¿Cómo obtener hasta 83% de descuento para pagar papeletas de tránsito?

Para obtener este descuento, lo único que tienes que hacer es el pago de tu multa de tránsito dentro de los primeros 5 días para poder conseguir pagar un 83% menos. A partir del sexto día hasta el décimo, podrás conseguir una rebaja del 67%, dependiendo de la fecha de la notificación. A partir de noviembre, la institución empezará con procesos de cobranzas coactivas, las cuales incluyen medidas como vehículos en depósitos, embargos, retenciones de cuentas bancarias y reportes en las centrales de riesgo.

¿Qué multas no pueden acceder a este descuento?

Algunas infracciones consideradas muy graves no pueden acceder a este beneficio de reducción de multas de tránsito:

  1. M01: Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, o bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobados con el examen respectivo o por negarse al mismo y que haya participado en un accidente de tránsito.
  2. M02: Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobados con el examen respectivo o por negarse al mismo.
  3. M03: Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional.
  4. M04: Conducir vehículos estando la licencia de conducir retenida, suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia de conducir.
  5. M05: Conducir un vehículo con Licencia de Conducir cuya clase o categoría no corresponde al vehículo que conduce.
  6. M06: Estacionar en las curvas, puentes, túneles, zonas estrechas de la vía, pasos a nivel, pasos a desnivel en cambios de rasante, pendientes y cruces de ferrocarril.
  7. M07: Participar en competencias de velocidad en eventos no autorizados.
  8. M08: Permitir a un menor de edad la conducción de un vehículo automotor, sin autorización o permiso provisional.
  9. M09: Conducir un vehículo con cualquiera de sus sistemas de dirección, frenos, suspensión, luces o eléctrico en mal estado, previa inspección técnica vehicular.
  10. M12: No detenerse al aproximarse a un vehículo de transporte escolar debidamente identificado que está recogiendo o dejando escolares.
  11. M16: Circular en sentido contrario al tránsito autorizado.
  12. M17: Cruzar una intersección o girar, estando el semáforo con luz roja y no existiendo la indicación en contrario.
  13. M20a: No respetar el límite máximo o minino de velocidad establecido, de acuerdo a los siguientes supuestos: - a) Superar el límite máximo establecido hasta en 10 km/h adicionales.
  14. M20b: No respetar el límite máximo o minino de velocidad establecido, de acuerdo a los siguientes supuestos: - b) Superar el límite máximo establecido en más de 10 km/h hasta en 30 km/h adicionales.
  15. M20c: No respetar el límite máximo o minino de velocidad establecido, de acuerdo a los siguientes supuestos: - c) Superar el límite máximo establecido en más de 30 km/h adicionales.
  16. M20d: No respetar el límite máximo o minino de velocidad establecido, de acuerdo a los siguientes supuestos: - d) No respetar el límite mínimo de velocidad establecido.
  17. M21: Estacionar interrumpiendo totalmente el tránsito.
  18. M23: Estacionar o detener el vehículo en el carril de circulación, en carreteras o caminos donde existe berma lateral.
  19. M27: Conducir un vehículo que no cuente con el certificado de aprobación de inspección técnica vehicular. Esta infracción no aplica para el caso de los vehículos L5 de la clasificación vehicular.
  20. M28: Conducir un vehículo sin contar con la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, o Certificado de Accidentes de Tránsito, cuando corresponda, o estos no se encuentre vigente.
  21. M29: Deteriorar intencionalmente, adulterar, destruir o sustraer las Placas de exhibición, rotativa o transitoria .
  22. M31: Utilizar las placas de exhibición, rotativa o transitoria en vehículos a los que no se encuentren asignadas.
  23. M42: Conducir un vehículo de la categoría L5 de la clasificación vehicular, que no cuente con el certificado de aprobación de inspección técnica vehicular.