
Ante recientes reportes sobre un posible acuerdo de precios en el transporte urbano en algunas regiones del país, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó que las empresas de transporte urbano e interurbano están en la obligación de respetar el medio pasaje universitario, según lo establecido en la Ley 26271.
El organismo señaló que, entre 2021 y 2026, registró 509 reclamos relacionados con este derecho a nivel nacional. En esa línea, recalcó que cuenta con facultades para fiscalizar y sancionar con hasta 450 UIT, equivalentes a S/2.4 millones, el incumplimiento del medio pasaje universitario, de acuerdo con la gravedad de la infracción.
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Según el marco legal, la tarifa del medio pasaje no puede exceder el 50% del precio del pasaje adulto. Es decir, si la tarifa general es de S/2.00, el estudiante solo debe pagar S/1.00, presentando su carné universitario vigente.
Este derecho aplica durante los días laborables, en el horario comprendido entre las 5.00 a. m. y las 12.00 a. m. (medianoche), y no depende del destino al que se dirige el estudiante, siempre que se cumpla con los requisitos previstos por la ley.
Para reportar el incumplimiento de este derecho, el Indecopi recomendó a los universitarios conservar el boleto de viaje como principal medio de prueba, registrar datos clave como la placa del vehículo y la empresa de transporte y, de ser posible, tomar fotografías y otros elementos que respaldan la denuncia.
Los reclamos pueden presentarse a través de los siguientes canales: