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Cierre adelantado del año escolar 2026: colegios no pueden impedir exámenes finales por pensiones impagas, según Indecopi

Ante el cierre adelantado del año escolar, el Indecopi recordó que las instituciones educativas no pueden condicionar que los estudiantes rindan sus evaluaciones finales al pago de pensiones.

Indecopi
Cierre adelantado del año escolar 2026 | Composición LR

El Ministerio de Educación (Minedu) anunció el adelanto del cierre del año escolar 2026 en diferentes regiones del país por la inminente llegada del fenómeno El Niño. Entre los departamentos principalmente comprometidos por el evento se encuentran Tumbes, Piura, Lambayeque y La Libertad, aunque otras jurisdicciones como Lima Metropolitana también aplicarán la medida por prevención.

La disposición del Minedu no solo supone el término de las clases antes de tiempo, sino también el adelanto de las evaluaciones de fin de año. Ante ello, el Indecopi recordó que los colegios privados no pueden condicionar que los estudiantes rindan sus exámenes finales al pago de pensiones, dado los inconvenientes que se podrían presentar en el cronograma de pagos con la modificación anunciada por el sector.

Colegios privados no pueden impedir exámenes por pensiones impagas

El organismo explicó que, según la Ley de los Centros Educativos Privados, las instituciones educativas privadas no pueden condicionar la atención de reclamos, la entrega de libretas de notas, la asistencia a clases o la evaluación de los estudiantes al pago de la pensión u otros conceptos relacionados con la prestación del servicio educativo.

Debido a esta norma, aun cuando los padres de familia mantengan pensiones pendientes de pago, los alumnos tienen derecho a rendir las pruebas programadas durante el año lectivo. La ley establece mecanismos específicos que pueden utilizar los colegios para gestionar el cobro de las pensiones adeudadas, pero estas no pueden afectar el derecho de los estudiantes ni la prestación del servicio educativo, recordó el Indecopi.

Matrícula 2027 debe informarse con anticipación

La entidad también precisó que los colegios privados tienen el deber de informar por escrito, con una anticipación no menor a 30 días calendario antes de culminar el año lectivo, el monto y la oportunidad de pago de la matrícula del próximo año escolar, así como el costo de las pensiones mensuales y las condiciones aplicables.

En caso de incumplimiento de las obligaciones de pago previamente pactadas e informadas, el Indecopi recordó que los colegios pueden decidir no renovar la matrícula del estudiante para el siguiente año escolar, siempre que los padres o tutores hayan sido informados de esta disposición oportunamente.

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