
Julio marca el inicio de un periodo cargado de orgullo y reflexión nacional por la celebración de las Fiestas Patrias, que conmemoran, como cada año, la proclamación de la independencia del Perú ocurrida el 28 de julio de 1821. Esta época busca reavivar el respeto y la valoración por los símbolos patrios, siendo uno de los gestos más representativos el izamiento de la bandera rojiblanca en hogares e instituciones.
En ese contexto, diversos municipios de la capital han recordado a la ciudadanía que el embanderamiento es obligatorio, al considerarse un acto cívico de gran relevancia. A través del Diario Oficial El Peruano, este miércoles 2 de julio se han publicado los primeros decretos de alcaldía que disponen el embanderamiento general de viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios dentro de sus respectivas jurisdicciones. Las disposiciones estarán vigentes del 1 al 31 de julio, con motivo del ducentésimo cuarto (204°) aniversario de la independencia del país.
Las primeras municipalidades distritales que han publicado decretos de alcaldía disponiendo el uso obligatorio de la bandera nacional son:
La bandera bicolor debe estar en buen estado y colocarse en la parte central superior del frontis del inmueble. En el caso de entidades públicas, debe llevar escudo; mientras que en viviendas, negocios e instituciones privadas debe izarse sin escudo, conforme a la normativa vigente.
Además, las municipalidades exhortan a los vecinos a realizar labores de limpieza, reparación y pintado de las fachadas antes de colocar la bandera, con el objetivo de mejorar la presentación y el ornato general del distrito durante las celebraciones por el 204.º aniversario de la independencia del Perú.
Las normativas recientemente publicadas por algunos distritos no mencionan sanciones ni multas específicas por no cumplir con el embanderamiento obligatorio. Tampoco hacen referencia a una ordenanza previa ni a un CUIS (Cuadro Único de Infracciones y Sanciones) que establezca un régimen sancionador. En su lugar, se exhorta a los vecinos a realizar el arreglo y limpieza de las fachadas antes de izar la bandera, como un acto cívico de respeto a los símbolos patrios.
En contraste, en 2024 la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) sí impuso el embanderamiento obligatorio en viviendas del Cercado. Esta disposición, contenida en la Ordenanza N.º 2200-MML y sus modificatorias, estableció sanciones para quienes no cumplan con el acto. Las multas oscilaban entre el 10 % de una UIT (S/ 515) para infracciones en el Cercado de Lima y el 25 % de una UIT (S/ 1.287,50) para infracciones en el Centro Histórico.
Los símbolos patrios del Perú, que incluyen la bandera, el himno nacional y el escudo, son representaciones esenciales de la identidad y cultura nacional.
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