
El 29 de noviembre de 2021, durante el contexto de la pandemia de la Covid-19, Juan Domingo Escobedo Mayta presentó una denuncia ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) contra Tren Urbano de Lima S.A. y la Línea 1 del Metro de Lima. Su reclamo se centró en la demora superior a 30 minutos que sufrió en la cola para ingresar a la Estación Parque Industrial, ubicada en Villa El Salvador.
Sin embargo, un año después de presentada la demanda y tras el análisis del caso, la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 de Indecopi declaró improcedente la denuncia por falta de competencia para tratar el asunto. Por lo tanto, la entidad derivó el caso a Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) para que continúe con el trámite correspondiente. Sin embargo, a la fecha, no hay actualización sobre el caso.
El pasajero, en condición de adulto mayor, señaló que dicha espera prolongada representaba un riesgo para su salud y seguridad, ya que solo había una puerta habilitada para el ingreso preferencial a personas con discapacidad y adultos mayores, mientras que otras puertas permanecían cerradas.
Escobedo manifestó que la fila para el ingreso preferencial era larga y los trípodes instalados para organizar el acceso estaban bloqueados en varias entradas generales, lo que vulneraba su derecho a un trato preferente. Además, alertó sobre la exposición al riesgo de contagio por Covid-19 debido a la aglomeración y la falta de distanciamiento social, sumado al peligro de ser atropellado por el tránsito vehicular cercano. El pasajero también solicitó una medida cautelar para atender su situación de riesgo, pero esta petición quedó sin efecto debido a la improcedencia de la denuncia.
Por tanto, la resolución de Indecopi señaló que, de acuerdo con la normativa actual, la supervisión, fiscalización y posible sanción de los servicios públicos de transporte ferroviario, como el Metro de Lima, están bajo la competencia del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN). Por ello, Indecopi derivó el caso a dicha entidad para que prosiga con el procedimiento correspondiente. Asimismo, se concluyó con la devolución de la tasa de trámite pagada por el denunciante y la posibilidad de interponer recurso de apelación dentro de los quince días hábiles posteriores a la notificación.
Más de un año tuvo que transcurrir para que el Indecopi emitiera su decisión sobre la denuncia. Finalmente, la entidad declaró improcedente el caso al determinar que no tenía competencia para resolverlo. Según resolvió Indecopi, el organismo encargado de evaluar y, de ser el caso, sancionar a la Línea 1 del Metro de Lima es Ositran, al tratarse de un servicio vinculado a la infraestructura del transporte público en Lima y Callao.
Cabe señalar que, ocho meses antes del fallo final, el denunciante solicitó una medida cautelar, a pesar de que no la había especificado en su denuncia inicial. Esta inconsistencia fue observada por el Indecopi en su resolución.
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