Rutas de Lima emitió un comunicado de rechazo a la disposición de la Corte Superior de Justicia de Lima, que dispone la suspensión del cobro del peaje en la garita del peaje de Chillón en el tramo Panamericana Norte, indicando que la medida atenta contra los derechos del contrato de concesión suscrito con la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Asimismo, el concesionario anotó que de acuerdo con la Constitución Política del Perú, "los juzgados comerciales (como el 7mo Juzgado Civil-Comercial de Lima) no tienen competencia para pronunciarse respecto a la validez de las disposiciones contenidas en el Contrato de Concesión firmado entre RDL y la MML".
En su comunicado, RDL sustentó que "la única autoridad competente para resolver cualquier controversia vinculada al Contrato de Concesión, incluyendo sobre su validez, es un tribunal arbitral constituido al amparo del Contrato de Concesión".
En ese sentido, indicaron que un tribunal arbitral ya resuelve las controversias en curso entre RDL y la MML. "Dicho tribunal ha ordenado que se mantenga el status quo de la Concesión mientras se resuelve el arbitraje en curso, lo cual incluye el cobro de los peajes correspondientes a todas las unidades de peaje de la Concesión", comunicaron.
RDL sostuvo que la medida cautelar atenta gravemente contra lo dispuesto por el artículo 62. Foto: composición LR/La República
RDL sostuvo, en su comunicado, que la medida cautelar atenta gravemente contra lo dispuesto por el artículo 62 de la Constitución que protege los contratos y dispone que sus términos no pueden ser modificados por disposiciones de cualquier clase.
El congresista Alejandro Muñante aclaró la medida: "La suspensión se ha dictado mientras dura el proceso. Es decir, mientras no se resuelva el fondo del asunto en ese expediente, la medida cautelar surge sus efectos sin ningún tipo de reparo y es de estricto cumplimiento. Eso podría durar meses".
Asimismo, comentó uno de los sustentos presentados por RDL. "Ellos en su comunicado indican que se atenta contra su derecho dispuesto en el artículo 62, sin embargo, este artículo señala que los contratos se elaboran de acuerdo a ley y la ley no avala contratos ilícitos porque deberían en nulos. Además, señalan que no se pueden hacer modificaciones. Ojo con el término. Ahí nos quieren aturdir. Esto es una suspensión de los términos del contrato, no una modificación", anotó.
De la misma forma, la adjunta de la Defensoría del Pueblo, Elizabeth Zea, manifestó en Canal N que la suspensión de peajes debe ser inmediata y que ya no deberían estar cobrando en la caseta de Puente Piedra, porque la resolución ya fue publicada