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Sociedad

¿Me pueden prohibir tener MASCOTAS si vivo en un condominio? Tribunal Constitucional responde

Una sentencia anterior defendía los derechos de los dueños de animales domésticos en estos espacios. ¿Cuál fue la nueva disposición del Tribunal Constitucional?

larepublica.pe
El mismo tribunal señaló que las juntas no podían prohibir a los vecinos la tenencia de mascotas. Foto: composición Fabrizio Oviedo/LR/Difusión

En una decisión que ha dejado perplejos a muchos, el Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado infundada la demanda de amparo presentada por un ciudadano contra la junta de propietarios de un condominio que prohibía la tenencia de mascotas. Esta resolución va en contra de lo establecido en el 2019, cuando el mismo tribunal señaló que las juntas no podían prohibir a los vecinos la tenencia de mascotas en edificios.

El demandante había presentado su queja contra la Junta de Propietarios de la Habilitación Vacacional Playa del Golf, Primera Etapa, argumentando que la prohibición de tenencia de mascotas infringía sus derechos constitucionales. Durante la pandemia, se le permitió mantener a sus mascotas en el condominio debido a las restricciones de movilidad, pero una vez levantadas, la junta exigió el cumplimiento de las reglas.

¿Qué dice el Tribunal Constitucional sobre la prohibición de mascotas?

La diferencia clave entre las dos sentencias radica en que el caso de 2019 determinó que las juntas no podían prohibir la tenencia de mascotas dentro de los departamentos, mientras que la reciente sentencia otorga a las juntas el poder de decidir sobre este tema.

El Tribunal Constitucional justifica su decisión argumentando que el derecho a la autonomía de la voluntad implica la capacidad de las personas de acordar ciertas condiciones al ingresar a un condominio, incluida la prohibición de tener mascotas. Esto se encuentra establecido en el reglamento interno del condominio y se considera una parte fundamental del contrato entre los propietarios.

El Tribunal también señala que, en este caso, no se ha presentado ninguna situación de discapacidad que justifique la tenencia excepcional de mascotas. Sin embargo, recuerda que en tales situaciones, los reglamentos deben garantizar los apoyos y ajustes necesarios para las personas con discapacidad.

El Tribunal Constitucional justificó su decisión. Foto: difusión