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Susalud: clínicas deben atender una emergencia sin perdir pago adelantado

Por ley, hospitales y clínicas tienen la obligación de atender una emergencia de manera prioritaria y gratuita

Culminada la atención de emergencia el hospital recién podrá realizar el cobro de los gastos. Foto: Susalud
Culminada la atención de emergencia el hospital recién podrá realizar el cobro de los gastos. Foto: Susalud

La atención médica por emergencia es un derecho en salud. Por ese motivo, ningún hospital, público o privado, puede negarse en recibirte ante esta situación. Incluso cuando el paciente no cuente con el Documento Nacional de Identidad (DNI). Esta medida también se aplica sin la necesidad de cualquier pago o garantía económica, así como otro trámite estipulado en los procesos de atención normal, así explicó la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud).

Cabe señalar que esa obligación por parte de los hospitales y clínicas se debe ejercer mientras dure la emergencia.

Por otro lado, el cobro de los gastos se realizará una vez culminada la atención de salud. En el caso de las poblaciones vulnerables, el pago lo asume el Seguro Integral de Salud (SIS).

“Toda persona tiene derecho a la atención por emergencia, tenga o no tenga seguro y cualquiera que este sea, incluso si no existiera un SOAT cuando se trata de accidentes de tránsito”, explicó Susalud a través de un comunicado.

“Debe ser atendido con prioridad, mientras se encuentre en peligro inminente su vida. Ni siquiera su identificación es motivo para retrasar su atención, si el paciente no cuenta con DNI al momento que ocurre la emergencia”, añadió el organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud del Perú, que cuenta con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera.

¿Qué pasa si no me niegan la atención médica por emergencia?

Aquellos establecimientos médicos que no atiendan de manera prioritaria y gratuita a personas en estado de emergencia, como estipula la ley, serán sancionados e investigados.

Dependiendo del nivel de responsabilidad, la institución evaluará el tipo de amonestación que recibirá el centro, que podrían llegar hasta una multa de 500 UIT en los casos más graves, equivalente a 2.300.000 conforme al Reglamento de Infracciones y Sanciones de Susalud.

En caso de mayor irresponsabilidad, puede procederse al cierre del hospital o clínica.

Incumplimiento puede ser sancionado con multas de hasta 500 UIT.

¿Cómo reconocer una situación de emergencia?

Susalud indicó que una emergencia en salud es una situación inesperada y crítica de peligro inminente para la vida y que requiere de una atención inmediata.

Son consideradas como tal un infarto al corazón, un accidente de tránsito grave, una caída de altura con daños complicados, quemaduras de gran magnitud en el cuerpo, entre otros. Mencionó que el parto también es considerado una emergencia y debe ser atendido con prioridad.

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