Hernando Cevallos, anunció que se prohibirá la venta y consumo de bebidas alcohólicas durante las fiestas de Navidad y Año Nuevo. Esta medida fue dada a conocer en una conferencia de prensa de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en donde se anunciaron las próximas medidas que se tomarán para contrarrestar el avance del coronavirus.
Cabe recordar que la inmovilización social obligatoria se mantiene el 24 y 25 de diciembre (Navidad) y el 31 de diciembre y 1 de enero de 2022 (Año Nuevo), desde las 11.00 p. m. hasta las 4.00 a. m. del día siguiente. Asimismo, se ha prohibido las reuniones o eventos sociales, aglomeraciones, entre otros. No obstante, las reuniones sociales familiares se podrán realizar, siempre y cuando los integrantes vivan en el mismo domicilio, con el fin de evitar os traslados.
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Según información del jefe de esta cartera ministerial, “para los días 25 y 26 de diciembre y 1 y 2 de enero de 2022, queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas y venta de alimentos en playas, ríos, piscinas públicas a nivel nacional”, sostuvo el ministro ante los medios de comunicación.
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Asimismo, Cevallos puntualizó que, en caso de acudir a las playas del país, también se deberá presentar el carnet de vacunación con las dos dosis.
Medida. Personas que no tengan la protección completa no ingresarán a espacios públicos. Foto: La República
Las provincias que se encuentran actualmente en el nivel de alerta alta son:
El horario del toque de queda para la Navidad 2021(24 de diciembre) será a partir de las 11.00 p. m. a 4.00 a. m., según informó el ministro de Salud, Hernando Cevallos, tras el incremento de casos por la variante ómicron en Perú.
Diversos supermercados como Plaza Vea, Metro, Tottus, Wong y Vivanda han registrando larguísimas colas de ingreso tanto 24 como 25 de diciembre. Por ello, hacer las compras navideñas a conciencia del horario de apertura y de cierre, es una necesidad para el usuario precavido. Aquí te contamos todos los detalles.
Las multas estipuladas en el Decreto Legislativo N.º 1458 (enero 2021) pueden ir desde los 88 soles. En caso de salir fuera del horario de inmovilización social obligatoria, esto significará una multa de 440 soles. Si eres intervenido y no portas DNI o te niegas a identificarte ante un efectivo de la PNP o las Fuerzas Armadas, también tendrás una sanción de 440 soles por desacato a la autoridad.
Sí. El Gobierno dispuso que los días 25, 26 y 31 de diciembre de 2021, y los días 1 y 2 de enero del 2022, queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas, y venta de alimentos en playas, ríos, lagos, lagunas, y piscinas públicas a nivel nacional.
En el 2020, el Ejecutivo emitió un Decreto Supremo en el cual dispuso la restricción del uso de vehículos particulares los días 24 y 25 diciembre, así como el 31 de diciembre y el 1 de enero de 2021, a nivel nacional.
Sin embargo, para este 2021 no se ha emitido ninguna restricción para el uso de vehículos particulares en estas fechas, solo en el rango de toque de queda.
Las multas estipuladas en el Decreto Legislativo N.º 1458 (enero 2021) pueden ir desde los 88 soles. En caso de salir fuera del horario de inmovilización social obligatoria, esto significará una multa de 440 soles. Si eres intervenido y no portas DNI o te niegas a identificarte ante un efectivo de la PNP o las Fuerzas Armadas, también tendrás una sanción de 440 soles por desacato a la autoridad.