Los países integrantes de la Comunidad Andina (CAN), Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, aprobaron ayer la “decisión” multilateral que facilitará el ingreso, permanencia y la salida temporal de los vehículos de uso privado de turistas en el ámbito de dichos territorios.
El acuerdo establece que dichos vehículos deberán ingresar y salir del territorio de los países miembros de la CAN, libres de impuestos y por los puntos oficiales de control aduanero fronterizos habilitados.
La norma fue aprobada durante la Reunión Extraordinaria N° 154 de la Comisión de la CAN, en la cual participó el secretario general de la Comunidad Andina, Jorge Hernando Pedraza, y los viceministros de Comercio de Ecuador, Daniel Legarda, en representación de la Presidencia Pro Tempore (PPT); Benjamín Blanco, de Bolivia; Andrés Cárdenas, de Colombia; y Diego Llosa en representación del Perú.
PUEDES VER: Ciudadanos de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú podrán residir libremente en los cuatro países
El plazo de validez de la autorización para la salida temporal y retorno de vehículos al país de origen será de un año, contado a partir de su emisión. En tanto, el plazo de permanencia que otorgue al vehículo la autoridad aduanera del país donde se realizará el turismo estará supeditado al permiso que la autoridad migratoria conceda al turista, conforme a la legislación de cada país.
“Esta nueva norma andina que ofrece facilidades para la circulación de los más de 111 millones de ciudadanos de la CAN contribuirá a la reactivación del sector turismo y por ende a la recuperación económica y social de nuestra región”, destacó Jorge Hernando Pedraza.
Durante la reunión, en la que el Ministerio de Turismo de Ecuador, en su condición de PPT, presentó la iniciativa “Caminos andinos” para promover conjuntamente la reactivación de este sector en la región andina, se acordó también la creación de un grupo ad hoc de turismo regional.
Plazo. La “decisión” entrará en vigencia 180 días después de la publicación de su reglamento en la Gaceta del Acuerdo de Cartagena.
Código. También se acordó el uso de una nomenclatura común en las mercancías de los países.