La reincorporación progresiva de la actividad física y de recreación en espacios públicos ha sido aprobada por el Ministerio de Salud (Minsa), en el contexto de la pandemia de COVID-19.
A partir del miércoles 3 de junio, de 5 a. m. a 6 p. m. podrán realizarse actividades deportivas individuales al aire libre.
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Algunos de los ejercicios contemplados son:
-caminar
-trotar
-correr
-hacer yoga
-manejar bicicleta
Todas estos, entre otros más, están autorizados siempre que se respeten las normativas. Las restricciones establecen que no se realicen por más de 60 minutos ni a más de 3 km del domicilio. Además, los municipios podrán establecer los espacios determinados en donde realizarlos.
Así también, no olvidar que el uso de la mascarilla, la distancia social entre personas, y el lavado de manos frecuente, siguen siendo las medidas esenciales para reducir el riesgo de contagio del coronavirus.
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Una reincorporación progresiva a la actividad física y de recreación en espacios públicos que deberá realizarse, como la propia norma precisa: “manteniendo las medidas para prevenir la transmisión comunitaria de la COVID-19”.
Como el sector salud precisa en la Resolución Ministerial, el fin de la Directiva Sanitaria es “contribuir al fortalecimiento de la salud mental y de la salud física de la población, mediante la práctica de la actividad física y recreativa”.
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