La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales recomienda en su informe de calificación de la denuncia constitucional DC 467 contra la fiscal suprema Delia Espinoza declarar improcedente este recurso por no referirse a hechos que constituyan una infracción a la Constitución. El mismo recién se debatirá y será puesto a votación en la sesión de la SAC de este martes 26, a partir de las 5 de la tarde.
“(Se recomienda) declarar improcedente la denuncia constitucional DC 467 contra la fiscal suprema titular Delia Milagros Espinoza Valenzuela por no cumplir con el criterio referido a 'que se refiera a hechos que constituyan infracción de la constitución y/o delitos de función previstos en la legislación penal', establecido en el art. 89.°, literal C, del Reglamento del Congreso de la República”, se lee en la parte final del documento.
La denuncia contra la fiscal suprema Delia Espinoza fue presentada por los parlamentarios Patricia Chirinos Venegas (Avanza País), Edgar Tello Montes (Bloque Magisterial), Luis Aragón Carreño (Acción Popular), Luis Cordero Jon Tay e Ilich López Ureña (no agrupado), los cuales se encuentran investigados por el caso de la red criminal que habría montado la suspendida fiscal de la Nación, Patricia Benavides, desde la cúpula del Ministerio Público. Cabe resaltar que todos ellos fueron mencionados por Jaime Villanueva Barreto.
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Actualmente, Espinoza Valenzuela lidera el Despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. La denuncia constitucional en su contra se concretó —el 1 de marzo— luego de que se dispusiera ampliar las investigaciones seguidas contra Patricia Benavides y comprende a 14 congresistas: a los cinco ya nombrados se suman Martha Moyano, José María Balcázar, Katy Ugarte, Germán Tacuri, José Williams Zapata, José Jerí, César Revilla, Jorge Flores y Alejandro Soto.
A estos legisladores, incluido al presidente del Congreso de la República, Alejandro Soto Reyes, se les imputa los presuntos delitos de cohecho activo específico, cohecho activo impropio, tráfico de influencias y organización criminal.
Los parlamentarios investigados acusan a Delia Espinoza de los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato y usurpación de la función pública, así como de una infracción constitucional, por haberlos incluido en las indagaciones preliminares que se realizan en el caso contra Patricia Benavides tras el testimonio de Jaime Villanueva.
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De acuerdo con sus argumentos, la Ley 27399 establece que aquellos funcionarios comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política del Perú —como el presidente de la República, congresistas, ministros, fiscales y jueces supremos, etc.— deben ser investigados preliminarmente por el fiscal de la Nación, no por una fiscal suprema a cargo del Despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.
Por su parte, la Junta de Fiscales Supremos rechaza —a través de un pronunciamiento— la denuncia de congresistas investigados por la fiscal suprema Delia Espinoza, al considerar que la misma carece de sustento jurídico y fáctico: “La Junta de Fiscales Supremos y el Ministerio Público en su conjunto expresan su rechazo a la denuncia constitucional presentada por cuanto carece de sustento jurídico y fáctico”.
Finalmente, esto también motivó un pedido del fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena Campana, de que no se tramite la denuncia contra Delia Espinoza por el fallo pendiente que se tiene en la instancia del Poder Judicial tras un recurso presentado por Patricia Benavides: “El principio de independencia judicial exige la imposibilidad de aceptar intromisiones en el conocimiento de los casos y controversias que son de conocimiento del Poder Judicial. (…) Estando pendiente de resolverse en el órgano jurisdiccional competente la tutela de derechos respecto a la competencia de la magistrada Delia Espinoza (se pide que no se dé trámite la denuncia)”.