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Política

Aprueban dictamen que establece requisitos para nombrar a funcionarios y personal de confianza

Con 76 votos a favor, 37 en contra y cero abstenciones, el Pleno del Congreso admitió el texto sustitutorio que busca establecer requisitos mínimos para el servicio de la función pública.

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Esta será la primera reunión entre los miembros de la Mesa Directiva y los voceros de los grupos parlamentarios este 2022. Foto: Congreso

La noche del jueves 13 de enero, el Pleno del Congreso de la República aprobó un texto sustitutorio de los proyectos de ley 149 y 184, que pretenden establecer requisitos mínimos para el acceso a la función y servicio público de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y personal de confianza.

Al respecto, el Parlamento admitió el dictamen de la Comisión de Constitución con 76 votos a favor, 37 en contra y cero abstenciones, tras haber sido sustentada por la presidenta de dicho grupo de trabajo, Patricia Juárez, de Fuerza Popular.

Asimismo, fue exonerada de una segunda votación, decisión que fue respaldada por 79 congresistas frente a 38 que se mostraron en contra y ninguna abstención.

Foto: Twitter/Congreso de la República

El texto sustitutorio considera requisitos mínimos para asumir los cargos de viceministro, secretario general de ministerios, como también para titulares, adjuntos, presidentes y miembros de los órganos colegiados de libre designación y remoción de los organismos públicos del Poder Ejecutivo.

Del mismo modo, establece requerimientos para ocupar las gerencias o direcciones de los gobiernos regionales así también la de las municipalidades provinciales y distritales.

La disposición también alcanza a los responsables de las secretarias y gerencias de las instituciones públicas del Ejecutivo y de los organismos constitucionalmente autónomos, además de los servidores de confianza.

Por otro lado, el documento aprobado señala que están impedidas de acceder a cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción aquellas personas que tengan una sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por delitos dolosos.

También se indica que están impedidas de acceder a dichos cargos quienes hayan sido inhabilitados por el Congreso, los que se encuentren inhabilitados por mandato judicial y quienes hayan sido destituidos de la administración pública por falta muy grave.