La filtración de un aparente error en la investigación que realiza la 2° Fiscalía Suprema Penal a la red de corrupción “Los Cuellos Blancos del Puerto” provocó el viernes, 28 de octubre, una inusual sesión extraordinaria de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, el máximo órgano deliberativo del Poder Judicial.
Encabezados por su presidenta, Elvia Barrios, los 10 jueces supremos titulares discutieron y aprobaron un ambiguo comunicado en el que se quejan, sin mencionarlos, a la Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción y del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria por levantar el secreto de las comunicaciones de 32 personas, dicen, sin la debida justificación legal.
Comunicado Corte Suprema
El comunicado concluye pidiendo a las “autoridades competentes”: la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, y la Junta Nacional de Justicia un esclarecimiento de los hechos denunciados por la prensa: un presunto chuponeo legal masivo de las comunicaciones de jueces supremos, en un largo periodo de tiempo.
En este contexto, la Sala Plena “exhortan a los integrantes del sistema judicial el deber de respetar los derechos fundamentales” en la lucha contra el crimen y recuerdan que “el derecho al secreto e inviolabilidad de las comunicaciones solo puede afectarse ... si se cumplen determinados principios rectores derivados de la garantía del debido proceso”.
Además, que “no debe autorizarse tal medio de búsqueda y restricción de derechos si no existe una relación fundada” entre el delito imputado y los hechos materia de investigación preparatoria y que no es legítimo utilizar el chuponeo legal para “despejar meras sospechas”.
El comunicado anota que de acuerdo con la información periodística, el fiscal Jesús Fernández con autorización del juez Hugo Núñez “realizó una intervención limitada de las comunicaciones”, lo que es un contrasentido pues, si la restricción fue limitada, entonces la reacción de los supremos es exagerada. El juez Núñez no participó en la primera parte de esta historia.
¿De que trata todo este asunto? La República consultó con fuentes de la fiscalía suprema, el juzgado supremo de investigación preparatoria, los documentos oficiales y algunos de los investigados. Esto es lo que encontramos:
Uno. La fiscalía nunca pidió, ni el juez autorizó, ni existe evidencia verificable de una “intervención masiva” de las comunicaciones telefónicas de los jueces supremos o de otros ciudadanos. Es decir, no se ha producido un nuevo “chuponeo” como da a entender el comunicado.
Dos. El “presunto error” de la fiscalía solo afectó directamente a un juez supremo. En mayo del 2019 no sabían quien era el titular del número telefónico. El afectado es hoy el principal líder de la Corte Suprema y probablemente futuro presidente del PJ. El juez supremo Héctor Lama More es un buen magistrado y goza de una reputación intachable.
Tres. El levantamiento del secreto de las comunicaciones telefónicas de los ciudadanos tienen dos figuras. La primera figura es muy invasiva. Es la interceptación de las comunicaciones en tiempo real. Es lo que se conoce como “chuponeo” y genera grabación de audios y transcripción de conversaciones. Esto solo se puede hacer en el mismo acto de la llamada.
La otra figura es muy limitada y tiene dos aspectos. El más leve, es el registro histórico de las llamadas entrantes y salientes. Esto genera un listado de llamadas, que permite saber qué día, a qué hora y con qué frecuencia una persona se comunica con otra. No hay audios, ni mensajes de texto.
El segundo aspecto, es la geolocalización del equipo telefónico que se obtiene a partir de las antenas de telefonía. Esto permite ubicar a una persona en un lugar, determinado día y hora. Tampoco hay audios, imágenes, ni mensajes.
Cuatro. En muchos casos se ve que los jueces son estrictos al autorizar una interceptación en tiempo real, pues es claro que el “chuponeo” afecta la vida privada e íntima de las personas y su familia. En cambio, es evidente que muchos otros son muy permisivos y hacen “Copy-Paste” cuando se trata de un registro histórico de llamadas, pues lo consideran una prueba de apoyo.
Esta práctica perniciosa, que muchos abogados denuncian, ha sido reiteradamente apoyada por la Corte Suprema hasta hoy. Pero, veamos en concreto la historia actual.
El 13 de mayo del 2019, en la investigación al prófugo juez César Hinostroza, el fiscal supremo provisional Jesús Fernández Alarcón, de la Fiscalía Suprema Transitoria para casos de corrupción, solicitó levantar el registro histórico de las comunicaciones de 32 números telefónicos, para conocer con quienes se comunicaban y su geolocalización.
La fiscalía identificó la titularidad de 12 números que pertenecían a Pablo Morales, Miguel Torres, Antonia Valdivia, Armando Mamani, Luis Enrique Vidal, Mario Mendoza, Ricardo Chang, William Lanfranco, Jhon Misha, José Luis Sotelo, Orlando Tapia y Emperatriz Pérez Castillo, vinculados con el CNM y Walter Ríos.
Además, incluyó una relación de 20 números, sin identificar a los titulares. El juez a cargo del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria es el juez supremo provisional Hugo Núñez Julca. Pero, para la época en que ingresó la solicitud, el doctor Núñez asistía a un curso de capacitación sobre el Modelo Acusatorio, que se desarrolló en Puerto Rico, del 13 al 24 de Mayo.
El magistrado que atendió el pedido de la fiscalía fue el juez provisional Jorge Castañeda Espinoza. Al cabo de 10 días, el 23 de mayo del 2019, el juez Castañeda autorizó la solicitud sobre los 32 números. En un documento de 44 páginas, el juez detalla los motivos por los que autoriza la medida en cada uno de los doce números identificados para, precisó, establecer los vínculos de Hinostroza, Walter Ríos, Orlando Velásquez y el empresario Mario Mendoza en el nombramiento de los fiscales Armando Mamani y Juan Canahualpa y la elección de Velásquez como titular del CNM.
Secreto de las comunicaciones caso Cuellos Blancos.
Sobre los 20 números no identificados no hay referencia alguna sobre el sustento legal y los hechos que se pretendía probar. El juez autoriza que las empresas informen la titularidad de estos 20 números. De acuerdo con las fuentes de la fiscalía, el pedido y la autorización del juez debió terminar allí.
Sin embargo, allí estaría el error, se solicitó y se autorizó que se informe: el detalle del tráfico de llamadas (entrantes y salientes), mensajes de texto con indicación de fecha, hora y tiempo de duración de las llamadas e información sobre geolocalización de los 20 números. Pero, además, que se identifique los números de las personas que llaman o reciben llamadas de esos 20.
Eso supone afectar a personas cuyos números e identidades se desconocía hasta ese momento. Aunque se precisó, que la información debía abarcar solo de aquellos que estén “vinculados con los usuarios y números telefónicos” de los doce identificados. El documento judicial tampoco precisa el lapso de tiempo en el que se levanta el secreto de las comunicaciones. Solo dice en “el periodo antes referido”, aunque hay varios periodos. En el caso de los 12 identificados, el espacio de tiempo es distinto para cada número.
La solicitud de la fiscalía y la autorización del juez se rotulan como secreto y nadie supo nada hasta hoy.
De acuerdo con fuentes de la fiscalía, este no fue el único levantamiento del secreto de las comunicaciones. Entre el 2018 y 2019, se tramitaron muchos otros pedidos, que involucran cientos de números. Las compañías telefónicas hasta hoy no terminan de entregar la información y la policía tampoco avanza con el análisis.
El trámite que sigue la fiscalía es recibir la información de Telefónica, Claro o Entel, registrar que se cumplió tal o cual pedido y, sin mayor revisión, trasladar toda la data a la División de Investigaciones de Alta Complejidad (DIVIAC) para el análisis, que permita su uso práctico.
Por eso, dicen, nadie advirtió del problema hasta este año.
Una fuente explica que cuando empieza a llegar la información compaginada por la policía se observa que de los 20 números, varios ya habían sido identificados en otros casos y otros no tenían relación con el hecho materia de investigación. ¿Qué hacer? Se decidió pedir al juez que declare la nulidad de la resolución de mayo del 2019 consignando que se había tratado de un error, para evitar mayores confusiones.
En cambio, otras fuentes refieren que se buscó encubrir el error. De acuerdo con la legislación vigente, una vez que el fiscal ha obtenido la información que busca, da por cerrado el caso y comunica al ciudadano afectado, qué encontró y sobre todo, qué motivó la búsqueda.
La persona afectada, si considera que hubo un exceso, puede incluso presentar una denuncia. Sin embargo, al declararse la nulidad ya no se notifica nada. La fiscalía niega tal posibilidad, pues aún falta mucho, dice, para cerrar el tema.
Sin embargo, el 25 de agosto del 2021, ahora sí en su despacho, el juez Hugo Núñez Julca emitió la resolución que declaró la nulidad del levantamiento del secreto de las comunicaciones autorizado en mayo del 2019. La resolución ya no fue reservada, se hizo pública y el escándalo explotó, con una difusión interesada y tergirversada, que es lo que toma como insumo la Sala Plena de la Corte Suprema.
Juez Hugo Núñez anuló resolución.
En esa resolución, de apenas cuatro páginas, el juez indica que el 21 de agosto del 2021, esto es 27 meses después de la autorización judicial, la fiscalía suprema detectó que los 20 números se habían consignado por “error material involuntario” y que “no guardan relación con los argumentos jurídicos de la resolución”.
Núñez resuelve declarar la nulidad absoluta de la autorización judicial del 23 de mayo del 2019, al haberse vulnerado el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones y ordena dejar sin efecto y suprimir de los expedientes toda información obtenida en virtud de dicha resolución.
Sin embargo, para completar el escándalo, cinco días después de dicha anulación, el jefe del Departamento de Apoyo de la DIVIAC, mayor PNP Evaristo Flores Cruz, remitió a la fiscalía el informe Nº 300-2021-DIRNICPNP/DIVIAC-DEPAPTEC, formulado por el capitán PNP Guido Ramos Hernández, sobre análisis del levantamiento del secreto de las comunicaciones informado por la empresa Claro.
El documento anota que recién se responde un pedido realizado el 9 de diciembre del 2019 “en razón a la carga laboral que tiene la Sección de Vinculaciones de Registro de Llamadas de este departamento Especializado”. Con la resolución de nulidad, este documento policial hoy carece de valor legal y en la práctica jurídica es inexistente. Pero, en la realidad existe, ha trascendido a la prensa y, todo indica, que lo que allí se dice es lo que preocupa y sonroja a los jueces supremos.
La policía remite informa a fiscalía
Allí, la policía revela que maneja una gran base de datos denominada “Sistema de Análisis de Comunicaciones PLX V” donde se han reunidos todos los levantamientos del secreto de las comunicaciones del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”. Esto incluye la información generada por el despacho de Fernández, la fiscal de la Nación, Zoraida Avalos, el fiscal supremo Pablo Sánchez, el fiscal superior Víctor Tullume y las tres fiscalías provinciales del caso “Cuellos Blancos del Puerto”.
De lo cual resultaría que Fernández Alarcón y cualquier otro fiscal va a recibir un análisis con data más allá de su propio caso, pues el trabajo policial se nutre de lo que sus colegas también han obtenido. Esto no es malo, pero si no se tiene cuidado se afectan derechos como ha sucedido en este caso.
El informe 300 revela la identidad del único juez supremo afectado en forma directa por la resolución de mayo del 2019, como dijimos, el doctor Héctor Lama. Al desconocerse su nombre en mayo del 2019, a través de él, de manera parcial se han afectado a otros jueces y ciudadanos que no son parte de la investigación.
Otro asunto es que al tratarse de un juez supremo, el único legalmente autorizado a investigarlo es la fiscal de la Nación y no un fiscal supremo penal. Sin embargo, al desconocerse el 2019 quienes eran los titulares de esos número, esta cualidad no se tuvo en cuenta. Ahora, recién se conoce a los titulares y ya no se les debería consignar.
Por ejemplo, el análisis policial consigna llamadas de Lama More con la presidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios, los jueces supremos Janet Tellos, Jorge Luis Salas, Víctor Ticona, César San Martín, Martin Hurtado, José Luis Lecaros, Ángel Romero, Carlos Arias, Francisco Tavara, Hugo Principe, Susana Castañeda, entre otros.
Además, el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, los exmagistrado del TC Fernando Calle y Gerardo Eto, el jefe de protocolo del PJ, Galo Garces Ramon, el constitucionalista Gorki Gonzales, el director de Projusticia, Fernando O’phelan, y más. Todos ellos aparecen en el informe policial solo por haberse comunicado con Lama More, sin ser parte de la investigación.
Análisis de las llamadas de Lama More.
El informe de la policía excede en mucho la solicitud de la fiscalía y la autorización judicial. ¿Por qué y para qué la policía incluyó esas vinculaciones en el informe 300? ¿Qué otros vínculos se están realizando y con qué objetivo? Aun hay muchas interrogantes en esta historia de errores, que los involucrados en los actos de corrupción también trataran de utilizar a su favor, para evitar que las investigaciones prosperen.
Los jueces supremos pueden tener motivos para preocuparse, pero su reclamo debería ser mejor encausado por el bien y preservación de la investigación a la red “Los Cuellos Blancos del Puerto” y lucha contra la corrupción. La Corte Suprema debería sustentarse en datos exactos y no reaccionar solo cuando ellos son los afectados. Al fin, si los jueces hacen bien su trabajo, nada de lo que aquí hemos relatado habría pasado.