El Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS), mediante un comunicado, mostró su preocupación y tildó de “amenazantes” las palabras del ministro de Transporte y Comunicaciones, Juan Silva, quien criticó la forma en la que el canal estatal TV Perú realiza la cobertura de las incidencias noticiosas del Gobierno. El integrante del Consejo de Ministros cuestionó el accionar del medio de comunicación y sostuvo este lunes 27 de septiembre que realizará cambios, durante su alocución en una audiencia pública descentralizada de la Comisión de Transportes en el Cusco.
Según dijo Silva, el “Canal 7 nos golpea a nosotros (el Gobierno) como si fuera un canal extraño. También tenemos que hacer cambios ahí para que, de una vez por todas, el Canal 7 eduque a las personas y llegue a los sectores más alejados de nuestra patria .
La crítica sobre TV Perú se dio en circunstancias que planteaban la necesidad de facilitar a las municipalidades las autorizaciones para que puedan brindar programas educativos en radio y televisión.
Al respecto, IPYS, a través de una misiva, mencionó que el sector de Transporte y Comunicaciones no es el que elige ni a los funcionarios del canal ni la línea informativa del mismo, los cuales deben permanecer independientes y vigilantes del ejercicio de la función pública.
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Pronunciamiento de IPYS tras declaraciones del ministro de Transporte y Comunicaciones.
El ministro de Transportes y Comunicaciones (MTC), Juan Francisco Silva Villegas, fue denunciado por violencia familiar por su expareja el 28 de marzo del 2011. El hecho habría ocurrido cuando ambos estaban discutiendo en su casa de Puente Piedra. En el acta policial, la denunciante señaló que Silva la empujó contra la pared provocándole lesiones. Agregó que las agresiones psicológicas fueron continuas en la relación que mantuvo con el hoy titular del MTC.
El titular de la cartera de Transportes y Comunicaciones también ha cometido, según el portal del SAT, dos infracciones de tránsito consideradas graves, por lo cual recibió las papeletas correspondientes. La primera fue en 2015 por circular de noche en las vías públicas sin las luces reglamentarias (G31).
La segunda fue en 2016 por “estacionar en lugar que afecte la operatividad del servicio de transporte público de pasajeros o carga o que afecte la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o impida observar la señalización” (G47).