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Política

Ledesma: Grandes empresas deben pagar sus impuestos como lo hacen todos los contribuyentes

El voto de la presidenta del Tribunal Constitucional fue en contra de la prescripción de deudas tributarias por 9.258 millones de soles que involucran a 158 empresas como Telefónica del Perú, Graña y Montero, entre otras.

Durante su participación en el debate sobre la prescripción de deudas tributarias, la presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, mostró su postura en contra y manifestó que las grandes empresas deben cancelar sus impuestos como todos los ciudadanos.

“Mi posición es que se declare infundada la demanda de inconstitucionalidad y como consecuencia de ello es que estas grandes empresas paguen sus impuestos al igual que lo hacen todos los contribuyentes de este país sin ninguna distinción”, expresó Ledesma.

Añadió que no tenía “la mínima duda que la primera disposición complementaria transitoria del decreto legislativo 1421 que hoy estamos controlando en este proceso es plenamente compatible con la Constitución”.

La demanda planteaba que se declare fundado el decreto legislativo 1421 que fijó los plazos establecidos por la Sunat con el objetivo de fiscalizar a un contribuyente para determinar la posible deuda tributaria y proceder a cobrarla.

Finalmente, con cuatro votos en contra (Marianella Ledesma, Manuel Mirada, Carlos Ramos, Eloy Espinosa-Saldaña) y dos a favor (Ernesto Blume y Augusto Ferrero), se rechazó la demanda de la prescripción de deudas tributarias por 9.258 millones de soles que involucran a 158 grandes empresas como Telefónica del Perú, Latam Airlines, Southern Perú, Graña y Montero, Odebrecht, entre otras.

Marianella Ledesma

Demanda fue presentada por el Colegio de Abogados de La Libertad

Aunque la demanda fue presentada por el Colegio de Abogados de La Libertad en el 2019, la actual junta directiva, liderado por el decano Manuel Montoya Cárdenas, emitió un escrito en el cual desistían, pero esto ya no era procedente.

La abogada trujillana Martha Bringas Gómez estuvo a cargo del trámite junto con la asesoríade los abogados Silvia Muñoz Salgado y José Gálvez Rosasco, miembros del estudio de abogados Gálvez & Dolorier, especializada en derecho tributario.

Cabe mencionar que hace algunos días la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria sostuvo que era ilógico dictaminar la prescripción en caso no se concluya el proceso de exigencia del pago.

“El Código Tributario establece que el paso siguiente a la presentación de una declaración del contribuyente, es la fiscalización y no la ejecución del cobro al mismo tiempo, porque todavía no se ha determinado la deuda. El Tribunal Constitucional no debería desconocerlo (…) No se puede cobrar una deuda antes de haberla determinado, por eso los plazos no se aplican en simultáneo”, indicó Antenor Escalante Gonzales, procurador público de la entidad recaudatoria.

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