El Ministerio Público extendió la suspensión de sus labores y actividades hasta el domingo 12 de abril en cumplimiento del estado de emergencia nacional para contener la expansión del coronavirus.
No obstante, se exceptúa al personal fiscal y administrativo que ejerza funciones en las Fiscalías Provinciales Penales y Fiscalías Provinciales de Familia de Turno y Pos Turno Fiscal.
La disposición también aplica en las Fiscalías Especializadas que realicen turno permanente en todo el Perú, menos las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio.
La resolución de la Fiscalía de la Nación, firmada por Zoraida Ávalos Rivera, dicta disposiciones internas que aseguran el adecuado acceso y prestación de los servicios brindados por el Ministerio Público.
Esta disposición se efectúa debido a la extensión del estado de emergencia nacional hasta el domingo 12 de abril. Ello incluye las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatorios.
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Hoy, en conferencia de prensa, el presidente Martín Vizcarra también extendió el horario del toque de queda, el cual regirá desde el 31 de marzo a partir de las 06:00 p.m.
Mientras que en 5 regiones (Loreto, Tumbes, La Libertad, Piura y Lambayeque) iniciará desde las 04:00 p.m. hasta las 05:00 a.m. del día siguiente.
El Ministerio Público viene trabajando con el Ejecutivo en la creación de un registro de todas las personas que violen las medidas impuestas durante la emergencia.
Esta lista contiene información de ciudadanos peruanos o extranjeros que desacaten las restricciones establecidas.
Todos estos datos serán derivados al Ministerio Público para que la institución inicie las diligencias preliminares por los delitos que correspondan y los imputados sean juzgados en un proceso común o inmediato.