Coronavirus en Perú | El Tribunal Constitucional anunció que aplicará el trabajo remoto como una medida para frenar la expansión del COVID-19 en el país.
De esa forma, el TC se suma a lo dispuesto en el decreto de urgencia 026-2020, el cual establece el teletrabajo en el sector público y privado durante los 15 días que rige el estado de emergencia nacional.
Con esta modalidad de trabajo se podrán resolver ciertos procesos urgentes como los de inconstitucionalidad, competenciales y de tutela de derechos, señala el comunicado del Tribunal Constitucional.
El 15 de marzo el organismo decidió suspender todas sus labores. Las audiencias que iban a realizarse hasta fin de mes serán reprogramadas.
El Poder Judicial suspenderá sus labores administrativas y jurisdiccionales en todo el país a partir del 16 de marzo. Ello en concordancia con el estado de emergencia nacional anunciado el 15 de marzo por Martín Vizcarra.
No obstante, sí funcionarán algunos órganos de administración de justicia para casos de emergencia como intervenciones urgentes, detenidos o extradiciones.
Lo que sí se ha suspendido en su totalidad son las diligencias, audiencias de juicios y no habrá atención a litigantes, abogados y público en general.
Martín Vizcarra, presidente del Perú, declaró estado de emergencia nacional durante 15 días para frenar el avance del coronavirus en el país.
Asimismo, ordenó el aislamiento social obligatorio de toda la población y el cierre de todas las fronteras.
En mensaje a la Nación, el mandatario peruano garantizó el abastecimiento de alimentos, medicinas, así como la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza, recojo de residuos sólidos, servicios funerarios y otros.