
Los afiliados de la ONP deben conocer qué pasará con su pensión y los aportes que durante muchos años realizaron al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Tras el fallecimiento del titular, los deudos podrán recibir la pensión de orfandad o de viudez, según sea el caso.
Sin embargo, qué sucede en el caso de aquellos hombres o mujeres afiliados que no tuvieron hijos en vida y luego fallecen. La ONP, aclara quienes serán los que accedan al pago de la pensión, puesto que, los aportes que se realizaron por el titular no se pierden.
Si un afiliado de la ONP fallece y en vida estuvo soltero sin dejar hijos, es importante conocer que sus aportes no se pierden. Para ello, serán los padres del titular quienes puedan recibir la pensión de ascendencia. Esto con el fin de seguir brindando apoyo a los familiares del pensionista fallecido. La pensión de ascendencia, se da de por vida y se brinda el acceso a atención médica.
Si luego del fallecimiento de un afiliado a la ONP, la persona no dejó hijos y estuvo soltero, podrán ser los padres del o la titular quienes reciban el pago mensual. Para ello, se deben cumplir los siguientes requisitos:
La solicitud para la pensión de ascendencia se puede hacer de forma virtual a través de una videollamada. Para ello, pueden ingresar a onpvirtual.pe opción “Soy familiar” y se da clic en Pensión para madre o padre.
Es importante recordar que el servicio solo estará disponible de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Además, este trámite también se puede hacer forma presencial en los puntos de atención de la ONP.

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