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Economía

Sunat te devolverá hasta S/16,000 de impuestos desde este 10 de junio: link para saber si eres beneficiario de este dinero

La SUNAT implementará, desde el 10 de junio, la devolución automática de saldos a favor para trabajadores de cuarta y quinta categoría con impuestos retenidos en exceso. Este proceso, denominado "Devolución de oficio", exige la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.

Sunat te devolverá hasta S/16,000 de impuestos desde este 10 de junio
La devolución de oficio está destinada a aquellos que reciban ingresos por Rentas de Trabajo, tanto de cuarta como de quinta categoría. Foto: Composición LR/ Andina

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) llevará a cabo, desde el 10 de junio de 2025, la devolución automática de saldos a favor para los trabajadores de cuarta y quinta categoría que hayan tenido un impuesto retenido superior al monto correspondiente. Este proceso, denominado "Devolución de oficio", se aplica sin necesidad de que los contribuyentes presenten trámites adicionales, pero sí deberán haber presentado previamente su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.

El saldo a tu favor se origina de la deducción de hasta 3 UIT por conceptos adicionales, tales como gastos en restaurantes, hospedajes, alquiler de inmuebles, servicios profesionales, oficios y el aporte a EsSalud de los empleados del hogar. Este es el link para saber si eres beneficiario.

¿Quiénes pueden acceder a la devolución automática de saldo a favor?

La devolución de oficio está dirigida a personas que perciban ingresos por rentas de trabajo, ya sea de cuarta o quinta categoría, siempre que no cuenten con rentas de origen extranjero que deban incluirse en el cálculo. Además, es necesario que la SUNAT disponga de la información relevante de estos contribuyentes en sus sistemas.

Para recibir el reembolso, es fundamental que los beneficiarios registren su código de cuenta interbancario (CCI) en la SUNAT, ya que la devolución se realizará exclusivamente mediante abono a la cuenta bancaria proporcionada.

El resultado de la devolución será comunicado a los beneficiarios a través de correo electrónico o del buzón electrónico de la SUNAT, comenzando el 10 de junio de 2025. Foto: Sunat

Sunat devolverá hasta S/16.000 de impuestos desde el 10 de junio

El resultado de la devolución se notificará a los beneficiarios por correo electrónico o a través del buzón electrónico de la SUNAT, a partir del 10 de junio de 2025, conforme al Decreto de Urgencia N.º 025-2019. La notificación incluirá la siguiente información:

  • Datos de identificación del contribuyente (Nombre, Apellidos y N° de DNI)
  • Tributo y Período
  • El monto a devolver y la liquidación efectuada para el cálculo de la misma

Si al llenar el Formulario Virtual N° 709 - Renta Anual 2024 - Persona Natural el monto que aparece es menor al esperado, podrás solicitar la diferencia a través de una solicitud de devolución, según lo estipulado por la SUNAT.

Es necesarios contar con tu Clave SOL. Foto: El Peruano

Esto debes hacer si cuentas con RUC

Ingresa a SOL con tu Clave SOL, dirígete a la opción "Mis Trámites y Consultas", luego selecciona "CCI Único" y sigue la ruta: CCI Único - DRAWBACK/SPOT/DEVOLUCIONES/ Inscripción CCI Único/ Registro CCI Único, e ingresa los datos solicitados.

Esto debes hacer si no cuentas con RUC

Para registrar tu número de CCI, debes ingresar a la opción "Obtener la Clave SOL por Internet" y llenar el formulario con los datos solicitados, incluyendo tu número de CCI.

Para que el registro de tu número de CCI sea válido, debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Debe pertenecer a una cuenta en moneda Nacional.
  • La cuenta debe ser registrada en el Perú.
  • No debe corresponder a una cuenta de CTS.
  • El titular de la cuenta debe ser exclusivamente el beneficiario de la devolución.

¿Qué función cumple la Sunat?

La SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria) tiene como función principal la administración de los tributos internos del Gobierno Nacional de Perú. Además, se encarga de la administración y recaudación de otros conceptos tributarios y no tributarios que le sean asignados por Ley o mediante convenios interinstitucionales. Su labor incluye, entre otras cosas, la fiscalización, control y recaudación de impuestos, así como la gestión aduanera en las fronteras del país.

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