
A través de una publicación en sus redes sociales, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) anunció que el último lunes 19 de mayo presentó una denuncia ante Indecopi contra la empresa América Móvil Perú S.A.C. (Claro) por infringir la Ley Anti Spam y el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
De acuerdo con Aspec, se trata de un mensaje publicitario no solicitado que aparece cada vez que un consumidor de otro operador de telefonía llama a un número Claro. Una vez que se hace efectiva la comunicación, suena un "jingle" que menciona la siguiente frase "Cámbiate a Claro", el cual está acompañado por el número 0800-00200.
"Esto obliga a los consumidores a escuchar un anuncio publicitario no solicitado, sin posibilidad de rechazarlo, lo que contraviene la normativa vigente que exige el consentimiento expreso para recibir comunicaciones comerciales", explicaron desde Aspec.
Por su parte, Claro informó a este medio que "no ha recibido notificación" alguna sobre esta denuncia y evitaron pronunciarse respecto a imputaciones de las que no tienen conocimiento.
Para Aspec, esta práctica ejercida por Claro constituye una infracción a la Ley N° 29571 y a la norma N° 32323, que fue promulgada el último 9 de mayo en el diario oficial El Peruano. Dicho dispositivo prohíbe expresamente el envío de mensajes, llamadas o cualquier método comercial sin autorización previa del usuarios.
"La normativa vigente protege el derecho de los consumidores a no recibir publicidad no deseada y establece sanciones para las empresas que incumplan estas disposiciones que pueden llegar hasta 450 UIT (más de S/2 millones)", precisaron desde la institución.
De igual forma, solicitaron a Indecopi que ordene a Claro el cese inmediato de este tipo de prácticas y que se apliquen las sanciones respectivas "en defensa de los derechos de los consumidores peruanos que están cansados de recibir comunicaciones no solicitadas”.
La publicación de la ley que amplía la prohibición de las llamadas spam no ha sido impedimento para que los usuarios sigan recibiendo este tipo de comunicaciones en cualquier horario. Según Indecopi, desde el 2022 a febrero de este año, se han registrado más de 7.900 reclamos por este tipo de publicidad sin consentimiento y 36 compañías han sido sancionadas por incumplir la norma.
"La autógrafa que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor, entre otros aspectos, precisa que, ahora, podrán recibir este tipo de comunicaciones solo aquellas personas que se contacten voluntariamente con el proveedor y otorguen su consentimiento. Además, podrán revocar dicha decisión en cualquier momento, sin necesidad de justificarla y con efecto inmediato", manifestaron.
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En esa línea, recalcaron su exhortación a las empresas a cumplir de forma estricta estas nuevas disposiciones y comunicaron que seguirán con sus actividades fiscalización, las cuales contarán con el respaldo de herramientas de inteligencia artificial (IA) y análisis de datos, conforme a la nueva legislación.
Finalmente, informaron que, en situaciones donde no haya un vínculo contractual con la empresa que efectúa la llamada, el consumidor tiene la opción de presentar una queja directamente ante Indecopi mediante la plataforma 'Reclama Virtual', accesible en cualquier navegador. Adicionalmente, puede contactar al número telefónico 224-7777 (Lima) o al 0800-44040 (desde otras regiones).

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