Cargando...

Llamadas spam: Congreso promulga ley que pone fin a las comunicaciones publicitarias no deseadas

Fin al spam. Empresas ahora solo podrán contactarse con aquellos usuarios que den su consentimiento libre y expreso de ser contactado.

Están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que impliquen emplear centros de llamada (call centers).
Están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que impliquen emplear centros de llamada (call centers).

El Congreso de la República oficializó la Ley N.º 32323, aprobada por insistencia, que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor para reforzar la prohibición de las llamadas spam, una práctica que afecta la libertad de elección de los consumidores mediante comunicaciones como mensajes o correos electrónicos no solicitados.

Con esta modificación a la Ley 29571, queda expresamente prohibido que las empresas usen call centers, sistemas automáticos de llamadas, mensajes de texto o correos electrónicos masivos para promocionar productos o servicios, salvo que el consumidor haya dado su consentimiento libre, informado, previo, expreso e inequívoco. Además, se establece que dicho consentimiento puede ser revocado en cualquier momento sin necesidad de justificación.

La norma también incorpora un nuevo artículo que faculta al Estado a establecer reglas específicas para regular las llamadas y mensajes en redes de telecomunicaciones, como la asignación de numeración especial para identificar el spam y mecanismos de validación para que los usuarios reconozcan la procedencia de las comunicaciones.

El Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 60 días para emitir la normativa complementaria que implemente estas medidas, incluyendo sistemas de seguridad para proteger a los usuarios de prácticas comerciales agresivas o engañosas.

Aspec conforme con la ley de llamadas spam

La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) saludó la publicación de la ley que pone fin a las llamadas spam. Sobre todo, la organización resalta la reforma que modifica el artículo 58 en el que "establece que tendrá que ser el consumidor quien, de manera informada, inequívoca y libre, realice el primer contacto, fortaleciendo así sus derechos frente a prácticas invasivas".

"Desde hace varios años, Aspec ha liderado la lucha en defensa de los consumidores, enfrentando el bombardeo constante de llamadas no deseadas, que afectan la tranquilidad y derechos de millones de peruanos. La aprobación de esta ley por insistencia por parte del Congreso, representa un avance significativo en la protección de los usuarios y en la regulación del uso de las telecomunicaciones", indicó.

ONP: jubilados recibirán bono de casi S/200 en diciembre, ¿qué falta conocer sobre el pago?

LEER MÁS

Lote 192: Petroloreto asumirá el 75% y operará el yacimiento durante 27 años

LEER MÁS

Aumentan salario y beneficios para trabajadores de construcción civil en 2026

LEER MÁS

Doe Run: Indecopi multa con S/558.360 a exliquidadora por no sustentar gastos por más de US$8 millones

LEER MÁS