Trabajadores en todo el Perú aguardan con expectativa el pago correspondiente de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Este beneficio laboral está dirigido a los trabajadores del sector privado en el país y tiene como finalidad la creación de un fondo de reserva económica para situaciones de desempleo o imprevistos.
Los depósitos de la CTS se efectúan dos veces al año, cada uno equivalente a la mitad de un sueldo mensual más un sexto de la gratificación anual. Con el primer depósito ya realizado, se ha confirmado el mes en el que se llevará a cabo el segundo depósito.
El segundo depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) debe realizarse, como máximo, en noviembre de este año, siguiendo el calendario establecido por la legislación laboral. En esa línea, las empresas están obligadas a hacer el abono en las cuentas de sus trabajadores como máximo el 15 de noviembre. Es importante recordar que este depósito es un derecho laboral fundamental que busca proteger los intereses económicos de los trabajadores.
Revisa cuánto deberías recibir en noviembre por el concepto de CTS. La República tiene una calculadora CTS, hazlo hoy:
El Poder Ejecutivo promulgó este año una ley que faculta a todos los trabajadores que reciben la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a poder disponer del 100% de su fondo. Esta medida se adoptó debido a la crisis post pandemia del COVID-19. Por lo tanto, podrás hacer el retiro de la CTS hasta el 31 de diciembre del año 2024. En el próximo año 2025, el dinero destinado para la CTS solo podrá ser liberado en casos donde los trabajadores estén desempleados o en alguna situación que la ley lo permita.
Según lo establecido por la ley, los trabajadores que estén bajo el régimen laboral de la actividad privada y que cumplan, en promedio, con una jornada mínima de cuatro horas diarias, serán beneficiados con el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en el mes de noviembre. Es importante destacar que este beneficio también aplica para los colaboradores de pequeñas empresas, quienes tienen derecho a recibir esta compensación.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se brinda a los trabajadores del sector privado 2 veces al año.