El Gobierno de Perú ha promulgado una nueva Ley de pensiones que, entre sus disposiciones, impone la obligación de que los trabajadores independientes aporten para su fondo de pensiones en su AFP. Estos aportes se aplicarán de forma progresiva con un esquema de incrementos cada dos años. La reforma, promovida por Fuerza Popular y publicada en el diario oficial El Peruan, tiene como objetivo ampliar la cobertura del sistema previsional.
La reforma también introduce otras modificaciones como la pensión mínima garantizada y la posibilidad de que nuevas entidades financieras administren las medidas de fondos de pensiones. Los impulsores de esta ley han señalado que crea un sistema más equitativo, aunque los críticos han reclamado que solo beneficia a los AFP.
Uno de los puntos clave de la nueva Ley de pensiones es la inclusión de los trabajadores independientes en el sistema de aportes obligatorios. Según la ley, la tasa de aporte se aplicará de manera gradual, comenzando con un 2% sobre los ingresos percibidos. Este porcentaje aumentará progresivamente, sumando un punto porcentual cada dos años , hasta llegar a un máximo del 5% .
Este aporte se calculará sobre cada recibo por honorarios emitido por el trabajador independiente, afectando tanto a quienes generen rentas de cuarta categoría (independientes) como a los de quinta categoría (trabajadores dependientes con ingresos adicionales). Las entidades o personas que paguen estos servicios estarán obligadas a realizar las retenciones correspondientes al momento del pago, asegurando que los aportes se destinen al fondo de pensiones del trabajador.
La aplicación de los aportes obligatorios para los trabajadores independientes comenzará a partir del 1 de enero de 2028 . La Ley de pensiones establece que la tasa inicial de 2% sobre los ingresos se aplicará durante ese año, con un aumento gradual de 1% cada dos años en los próximos ciclos. Este esquema escalonado permitirá que los trabajadores independientes se adapten paulatinamente al nuevo sistema de aportes.
Por otro lado, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) será la entidad encargada de supervisar los aportes en el caso de los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) . Para quienes estén en el SPP , las AFP administrarán estos aportes de acuerdo con las disposiciones y plazos establecidos en la normativa vigente del sistema privado.
Además de los aportes obligatorios para los independientes, la Ley de pensiones introduce una serie de medidas que buscan mejorar el sistema de pensiones en general. Entre las más relevantes están: