El Gobierno peruano ha lanzado este sábado 23 de marzo un pliego de medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público del Estado.
El Decreto Supremo Nº 006-2024, que solo estará vigente solo este año, advierte que, para no superar la meta de déficit fiscal mayor al 2% del PBI en 2024, se requiere que cada mes se reduzca el gasto, "tomando en consideración que el déficit fiscal al cierre de 2023 fue equivalente a 2,8% del PBI".
"Este proceso requiere una importante recuperación de los ingresos fiscales y una moderación del crecimiento del gasto público", señala.
Sin embargo, contrario al proceso de reducción paulatino esperado, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha detectado que el déficit fiscal anualizado a febrero de 2024 ascendió a 3% del PBI, "en un contexto en el que los ingresos fiscales continúan reduciéndose de manera imprevisible y muestran un débil proceso de recuperación".
Es así que, en enero y febrero, "el gasto público continuó incrementándose", con lo cual se dificulta revertir el incumplimiento de la meta de déficit fiscal para el presente año.
"Más aún, cuando contrario a la mejora esperada de los ingresos fiscales, en febrero de 2024, estos registraron una fuerte caída (-7,2% real), reflejo de la aún lenta recuperación de la actividad económica, un debilitado sector externo (menores importaciones y cotizaciones de materias primas), el uso de menores coeficientes y saldos a favor del contribuyente que reducen el pago del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría (IR3ra)", revela el MEF.
Para garantizar la prestación de los servicios públicos por parte de las entidades de los tres niveles de gobierno, se autorizará en 2024 a las entidades de los gobiernos central, regionales y locales a realizar "modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a su presupuesto institucional, para financiar las acciones relativas al funcionamiento y operatividad de dichos pliegos".
A fin de garantizar la continuidad de las inversiones públicas, se autorizan modificaciones presupuestaruias en favor de las "inversiones que cuenten con Expediente Técnico o Documento Equivalente aprobado".
La medida alcanza también a las inversiones que requieran iniciar la ejecución del Expediente Técnico o Documento Equivalente (siempre que cuenten con recursos multianuales para garantizar la continuidad de su ejecución hasta culminarse); así como a las Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) que se encuentren en ejecución.
De manera excepcional, las entidades del gobierno central, regionales y locales, hasta el 31 de mayo de 2024, podrán realizar "modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a recursos previstos en Programas Presupuestales, siempre que las oficinas de presupuesto o las que hagan sus veces "proyecten saldos de libre disponibilidad o consideren que las metas deban ser reajustadas".
El Gobierno peruano plantea "Medidas para limitar gastos no críticos y uso eficiente de los recursos de las entidades y empresas del Estado", a efectos de que no se gaste en 2024 más de lo que se gastó en 2023 sobre algunas partidas.
Por ejemplo, en materia de gastos en telefonía celular y comunicación por radio-celular, así como gastos de viajes al interior y exterior del país y comisión de servicios de funcionarios y servidores del Sector Público (con excepciones, como viajes por conflictos sociales, emergencia climática o promoción turística o de los juegos bolivarianos, entre otros).
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Tampoco se permitirá exceder el presupuesto para la adquisición de uniformes y vestuario, salvo para algunas instituciones como PNP, INPE, bomberos e Inabif, entre otros, así como en materia de publicidad, impresiones, difusión, e imagen institucional, descontado los gastos de Promperú y Cancillería.
Un punto importante es que se limitará el gasto por consumo de combustible en cada entidad, el gasto en "seminarios, talleres organizados por la Institución y atenciones y celebraciones", y el gasto en consultorías y similares desarrollados por personas naturales y jurídicas.
"Excepcionalmente, el límite de gasto establecido [...] puede ser incrementado mediante decreto supremo, refrendado por el MEF y el ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previa evaluación del cumplimiento de reglas fiscales", señala.
La medida también alcanza al Poder Judicial y otros organismos constitucionales autónomos (Contraloría, BCRP, etc), que deberán aprobar medidas para el uso eficiente de sus recursos en un plazo de hasta 10 días calendario contados a partir de la vigencia del presente Decreto de Urgencia.
Finalmente, para este año se prohíbe, expresamente, la adquisición de vehículos automotores, salvo los vehículos destinados a seguridad ciudadana, defensa nacional, servicios de salud, de limpieza, supervisión y fiscalización ambiental, gestión de residuos sólidos, gestión del riesgo de desastre y para la atención, cuidado y protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos.
El uso de vehículos en las entidades del Poder Ejecutivo será únicamente para "uso oficial de los ministros, viceministros, secretarios generales y jefes de gabinete de los Ministerios", así como del Sub Secretario General y Secretario del Consejo de Ministros del Despacho Presidencial.
Para el caso de las universidades públicas es únicamente para uso oficial del rector; y, en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales es únicamente para uso oficial del gobernador regional y el alcalde, respectivamente.
"Para el resto de personal de las entidades del Poder Ejecutivo, universidades públicas, gobiernos regionales y gobiernos locales, pueden hacer uso de los vehículos automotores de la flota de la respectiva entidad para el cumplimiento de sus funciones", señala el documento.
Hay una excepción para Petroperú, Fonafe y las empresas bajo su ámbito, donde la asignación exclusiva de vehículos automotores es "priorizada para el cumplimiento de las actividades vinculadas a su proceso productivo (por ejemplo, solo para la actividad petrolera)".
Para paliar la falta de recursos, el MEF dispone, excepcionalmente, el otorgamiento en marzo del adelanto de Canon Minero por el equivalente del 50% del monto total de los recursos provenientes de su Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2024, "a favor de aquellos gobiernos regionales y locales que no lo hubieran recibido por mantener saldos acumulados pendientes de deducir" provenientes del adelanto de Canon Minero 2023.
El Gobierno peruano autoriza a Sedapal, durante el Año Fiscal 2024, al uso de hasta S/80 millones en saldos de inversiones resultantes de la ejecución de las transferencias realizadas por el Ministerio de Vivienda, previa remisión de un informe técnico, para garantizar la continuidad del servicio de agua potable "a través de la distribución gratuita de agua potable mediante camiones cisterna".
Dicha medida beneficiará a la población de Lima y Callao que no cuenta con acceso al servicio de agua potable y que se encuentre en condiciones de pobreza y pobreza extrema. Se determinará la población beneficiada sobre la base del padrón de beneficiarios presentado por Sedapal.
A fin de impulsar la inversión pública en el ámbito del Megapuerto de Chancay, se autoriza, excepcionalmente, al Ministerio de Vivienda a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para financiar la elaboración y/o actualización del Plan de Acondicionamiento Territorial de la provincia de Huaral y de los Planes de Desarrollo Urbano de los distritos de Chancay, Huaral y Aucallama de la provincia de Huaral.
"Así como la supervisión de la ejecución del Plan de Desarrollo Urbano de Lima Norte que comprende los distritos de Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Puente Piedra, San Martín de Porres y Santa Rosa", agrega el documento.
Dichas modificaciones se realizarán sobre la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma S/ 6 millones 384.000, con cargo a los saldos de libre disponibilidad de su presupuesto institucional del Año Fiscal 2024.
La medida busca acelerar el proceso de ordenamiento territorial en las inmediaciones del nuevo corredor comercial del Megapuerto de Chancay, toda vez que deberá ser inaugurado en noviembre de 2024 y aun no se tiene ningún plan de esta índole terminado.
Durante el año 2024, los convenios colectivos y actas de conciliación que se suscriban, solo pueden contener cláusulas que establezcan condiciones de trabajo o de empleo con incidencia económica de carácter temporal. Lo establecido en el presente numeral debe ser considerado en la emisión de laudos arbitrales, bajo responsabilidad.
Esta medida solo es aplicable en los procesos de negociación colectiva en el nivel descentralizado por ámbito territorial y por entidad pública, o en el que las organizaciones sindicales estimen conveniente.
"Los convenios colectivos y actas de conciliación solo podrán contener cláusulas que establezcan "condiciones de trabajo o de empleo con incidencia económica de carácter temporal". Lo establecido en el presente numeral debe ser considerado en la emisión de laudos arbitrales, bajo responsabilidad", refiere el decreto.
Cabe precisar que esta medida no comprende a la negociación colectiva en el nivel centralizado, así como tampoco a la negociación colectiva en el nivel descentralizado por ámbito sectorial, correspondiente a los servidores públicos pertenecientes a carreras especiales de los sectores educación y salud.