El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) fijó las nuevas bandas de precios y márgenes comerciales para el Gas Licuado de Petróleo (GLP-E) y el Diésel B5 destinado al uso vehicular.
La Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Osinergmin N° 088-2023-OS/GRT establece que los valores estarán vigentes desde el viernes 1 de diciembre hasta el jueves 28 de diciembre de 2023.
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La entidad estableció el límite superior del Gas Licuado de Petróleo (GLP-E) destinado para envasado en S/1,69 y el límite inferior en S/1,63 por kilogramo.
En cuanto al Diésel B5 para uso vehicular, tanto el de Bajo Azufre como el de Alto Azufre, se cotizan en el límite superior a S/11,33, mientras que en el límite inferior alcanzan S/11,23. Esto indica que los precios al público de este combustible no deberán superar estos costos, ya que se encuentran comprendidos en el Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles.