A través de la Resolución Final n.° 047-2023/CC3, la Comisión de Protección al Consumidor n.° 3 del Indecopi aplicó una multa de 357,5 UIT (unidad impositiva tributaria) que equivale a la suma de S/1 millón 769.625 a la empresa Fans & Music Entertainment tras determinar que incumplió con una serie de servicios en favor de los asistentes al concierto del cantante Juan Luis Guerra el último 22 de noviembre y por la no realización de la segunda fecha del mismo al día siguiente.
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El evento tenía como sede el local Arena Perú y los permisos con los que contaban los organizadores estipulaba el ingreso de 9.000 personas. No obstante, al término del recital, se pudo conocer que el número de asistentes había rebasado el aforo autorizado por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, al contabilizar más de 14.000. Hecho que puso en riesgo la seguridad del público presente.
En esa misma línea, la entidad señaló que la empresa organizadora también habría incumplido con informar oportunamente al público que el concierto del 23 de noviembre no se llevaría a cabo. A su vez, el gerente de la compañía también fue multado con 5 UIT, monto que equivale a S/24.750 por su participación en las labores de planeamiento, realización y ejecución de ambos shows.
Por otra parte, ante la queja de los consumidores por no recibir la devolución del dinero invertido en las entradas para el espectáculo, la Comisión de Protección al Consumidor emitió una medida correctiva para que la empresa Fans & Music proceda a responsabilizarse de manera inmediata con la toma de acciones oportunas a fin de garantizar el cumplimiento de las solicitudes de reembolso pendientes.
Como parte de las medidas efectuadas por la entidad estatal, ordenó que la empresa Fans & Music facilite los fondos necesarios a Teleticket par que proceda a cumplir con las devoluciones correspondientes.
Asimismo, dictaminó que el dinero que hasta la fecha se recaudó para el evento 'Juntos en concierto', que tiene como fecha el 19 de agosto del presente año, se destine al cumplimiento de las solicitudes de devolución. Es preciso indicar que la decisión emitida por la comisión de Indecopi aún se encuentra en el plazo establecido para ser apelada.