Este 15 de julio vence el pago de la gratificación, un derecho que corresponde a los trabajadores del sector privado, conforme lo establece la Ley N.° 27735. Dicho beneficio laboral se otorga a los empleados en planilla que tengan contrato indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial. De acuerdo a la norma, el trabajador que haya laborado el semestre completo —de enero a junio del 2023 —, recibirá la equivalencia de un sueldo completo, sumado a otros complementos remunerativos que más adelante detallaremos.
En el caso de las pequeñas empresas, los trabajadores contratados después de la inscripción de la compañía en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype) recibirán el 50% del sueldo de gratificación.
El monto de la gratificación equivale a la última remuneración mensual que recibe el trabajador, pero sin descuentos de AFP u ONP. A ello, se le suma importes adicionales como el concepto del aporte al seguro de salud, que puede ser del 9% para EsSalud o 6,75% para alguna Empresa Prestadora de Salud (EPS).
El cálculo sería distribuido así: sueldo íntegro + asignación familiar (si es que se tienen hijos menores o que cursen estudios superiores) + bono por seguro de 9% (EsSalud) o 6,75% (Empresa Prestadora de Salud).
Empleados en planilla que tengan contrato indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial reciben la gratificación. Foto: Andina
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Si el trabajador no laboró el semestre completo (de enero a junio), recibirá una gratificación proporcional que será igual a un sexto de su remuneración por cada mes laborado, sumado a la bonificación del seguro. Ejemplo: si el empleado percibe un sueldo de S/1.500 e ingresó a trabajar recién en febrero del 2023, el cálculo de su gratificación sería de la siguiente manera: S/1.500 entre 6 = S/250. Este resultado se multiplica por 5 (meses laborados) que es igual a S/1.250. A este monto le sumas factores como el seguro, asignación familiar, horas extras, entre otros.
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Para un cálculo más rápido y detallado de la gratificación, puede ingresar a la página web de la Sunafil y usar el enlace de la 'Calculadora Laboral'. Estando ahí, deberá digitar su número de DNI, entre otros datos. Estos son los pasos que debe seguir:
Así figura el website de Sunafil para realizar el cálculo de la gratificación. Foto: Captura Sunafil
La falta de pago de la gratificación por Fiestas Patrias hasta el 15 de julio es considerada una infracción grave por parte de los empleadores. Como consecuencia, se establecen multas diferenciadas que varían desde S/544,5 hasta S/129.294, según el régimen laboral de la empresa.
Multas por no pagar gratificación ascienden a S/129.294. Foto: CCL
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Las condiciones que debe cumplir un trabajador para recibir su gratificación son:
Si laboró de enero a junio, tiene derecho a recibir el íntegro de la gratificación, es decir, un sueldo completo. En caso de que el empleado no tenga vínculo laboral vigente en la fecha en que corresponda percibir el beneficio, pero hubiera laborado como mínimo un mes en el semestre, percibirá la gratificación en forma proporcional a los meses efectivamente trabajados.
La gratificación representa una remuneración adicional que el trabajador recibe en julio (Por Fiestas Patrias) y diciembre (Navidad), cuyo monto dependerá de los días computables que laboró en una misma empresa. Debes saber que la misma no se ve afectada por los descuentos de ley; asimismo, se añade un adicional del 9% por concepto de EsSalud o 6.75% de EPS. La fecha de límite ahora es hasta el 15 de julio.