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Economía

MTPE: Contrato laboral verbal es considerado indefinido

Sin vigencia. No es necesario que la empresa plasme el acuerdo con el trabajador por escrito, aclaró el ministerio.

larepublica.pe
Empleo. Solo los contratos a plazo determinado deberán ser celebrados por escrito. Foto: difusión

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) precisó que en toda relación de subordinación laboral se presume la existencia de un contrato de trabajo a tiempo indeterminado, con excepción de aquellos que son sujetos a modalidad de plazo determinado, los cuales tienen establecido un periodo de vigencia.

En detalle, el MTPE indicó que los contratos de trabajo de tiempo indefinido pueden celebrarse de forma verbal o escrita. Asimismo, acotó que, si a este acuerdo se llegó de forma verbal, ya no es necesario plasmarlo por escrito.

El laboralista Ricardo Herrera explica que esta es una regla general en materia laboral. Agrega que, si el empleador quiso contratar personal por un tiempo determinado y el trabajador ya comenzó a laborar sin un contrato de por medio, también se considerará como una relación laboral sin plazo máximo de duración.

"Lo que está diciendo el MTPE es que no se preocupen los trabajadores si no se firma un contrato escrito, porque, si están trabajando subordinadamente, se configura relación laboral; y, peor aún, si el empleador quiso que sea un contrato temporal, pero no firmó el contrato antes de que comience la relación laboral, se entiende que es un contrato a plazo indefinido", afianza.

Asimismo, el experto detalla que, si un trabajador con un contrato vencido sigue laborando en la empresa, automáticamente se entiende como un vínculo laboral a plazo indefinido.

"Si el empleador, en represalia, despide al trabajador por no querer firmar el contrato o la prórroga extemporáneamente, el empleador estaría incurriendo en doble falta, porque no solamente estaría pretendiendo darle carácter temporal a un contrato que ya es indefinido, sino que, como un acto de venganza, ha despedido al trabajador. Entonces, incurre en un despido arbitrario", puntualiza.

Respecto a los contratos a plazo fijo, el MTPE aclaró que estos deben ser por una causa justificada y deben ser celebrados por escrito y precisando el periodo de vigencia.

Los datos

Laboral. Existen 9 tipos de contratos a plazo determinado y están agrupados en tres categorías: de naturaleza temporal, de naturaleza accidental, y de obra o servicios.

Exhortación. MTPE indicó que, en todos los casos en los que hubiere un contrato de por medio, el empleador está obligado a registrar en planilla a su trabajador; de lo contrario, estaría cometiendo una infracción muy grave en materia laboral.