Este viernes el Gobierno anunció el levantamiento de la cuarentena en el país por la COVID-19, permitiendo que los bancos y otras entidades financieras, reciban un aforo no mayor del 50%.
Asimismo, la norma extraordinaria publicada en El Peruano precisa que se exige para el ingreso del público, la desinfección previa y el uso obligatorio de mascarillas, así como el respeto del distanciamiento social.
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS) podrá dictar las medidas complementarias correspondientes, añade el Ejecutivo.
Finalmente, indicaron que la Autoridad Sanitaria, con apoyo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, ejercerán la fiscalización y supervisión del cumplimiento de las disposiciones.
En los mercados y supermercados, como en cualquier otro establecimiento comercial minorista donde se vendan alimentos no preparados, se autoriza un aforo no mayor al 50%.
También se deben respetar las medidas sanitarias como la desinfección, uso de mascarillas y el distanciamiento social no menor de un metro.
El Ministerio de Agricultura y Riego y el Ministerio de la Producción, dentro del ámbito de sus competencias, dictan las medidas complementarias
Suscríbete aquí al boletín de Economía LR y recibe en tu correo electrónico, de lunes a viernes, las noticias más relevantes del sector y los temas que marcarán la agenda.